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Parana » Paginajudicial
Fecha: 28/11/2024 18:23
La ley exige acordar con una mayoría absoluta de los acreedores de cada una de las categorías y que representen las dos terceras partes del capital. El empresario rosarino Gustavo Scaglione, interesado en la compra de El Diario, no obtuvo las conformidades para refinanciar las deudas y, por lo tanto, se debería decretar la quiebra de la empresa. Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial El empresario Gustavo Scaglione, recientemente incorporado como accionista del Grupo América, fracasó en su intento por quedarse con El Diario, ya que no obtuvo las conformidades para refinanciar las deudas y, por lo tanto, el juez Ángel Moia debería decretar la quiebra de la empresa periodística. El destino de El Diario quedó a tiro de una resolución judicial. El juez Moia, a cargo del concurso preventivo de Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), la empresa editora de El Diario, recibió en estos días un informe advirtiéndole que no se habían alcanzado los acuerdos necesarios para el salvataje, por lo que se abre un único camino posible: “Si el deudor no presentara en el expediente, en el plazo previsto, las conformidades de los acreedores (…) será declarado en quiebra”. En el concurso preventivo, el valuador oficial determinó que la empresa tenía un patrimonio neto de 1.106.301.607,59 pesos, que surge de la diferencia entre activos por 2.038.182.242 pesos y un pasivo de 931.880.634,41 pesos, entre deudas por indemnizaciones, salarios, honorarios de profesionales, aportes previsionales, contribuciones sociales, impuestos, tasas y tarifas de servicios públicos. La empresa editora de El Diario se presentó en concurso preventivo en 2018, tras despedir a más de ochenta trabajadores sin pagarles la indemnización de ley. Recientemente se habilitó un proceso previsto en la Ley de Concursos y Quiebras que permite a terceros interesados pujar por las acciones de SAER y gestionar acuerdos judiciales o extrajudiciales con los acreedores. Ese tercero en discordia e interesado en quedarse con las acciones de El Diario es Difutec SA, cuya cabeza visible es el empresario rosarino Gustavo Scaglione, aunque su nombre no aparece en la sociedad. Scaglione es un jugador de grandes ligas: es propietario de un amplio conglomerado mediático que incluye Radio 2, FM Vida, Canal 3 y Rosario 3; también posee la mayoría de las acciones de los diarios Uno de Paraná y Santa Fe, El Litoral y La Capital, además de las radios La Red, FM Del Siglo y LT 8; en Bariloche adquirió Canal 6, en Tucumán y Salta controla canales asociados a Telefe y en Córdoba tiene previsto lanzar la nueva LV2 en 2025. Hace unos días se confirmó su incorporación como accionista del Grupo América, convirtiéndose en socio de Daniel Vila, José Luis Manzano y Claudio Belocopitt. El concurso preventivo de El Diario distingue dos tipos de acreedores: quirografarios y privilegiados. Los primeros son aquellas personas o entidades que han concedido un crédito a la empresa sin obtener ningún tipo de garantía, por ejemplo, proveedores, prestadores de servicios comerciales, prestamistas o salarios atrasados de empleados. En el segundo grupo se cuentan las deudas con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), la Municipalidad de Paraná, entes públicos e indemnizaciones por despido, entre otras. La ley exige acordar con la mayoría absoluta de los acreedores de cada una de las categorías y que representen las dos terceras partes del capital computable dentro de cada categoría, aunque excluye a AFIP, ATER y la Municipalidad de Paraná. El abogado Alexis Weitemeier, socio de Difutec e integrante de Estudio CMS Abogados, aseguró en una audiencia que se pretendía informativa convocada por el juez Moia que se habían obtenido ambas mayorías. La propuesta, para los acreedores quirografarios, consiste en el pago del 70 por ciento de los créditos verificados, sin intereses y en un plazo de cinco cuotas anuales, iguales y consecutivas; mientras que a los acreedores privilegiados se les ofrecía el pago del 70 por ciento de los créditos verificados, computándose a tal fin el importe correspondiente a la fecha de presentación del concurso, sin ningún tipo de interés posterior. Sin embargo, un informe de la contadora Mariana Cerini, síndica del concurso, considera que “no se ha obtenido la doble mayoría exigida por la Ley de Concursos y Quiebras”, ya que Difutec presentó acuerdos con el 62,16 por ciento de los acreedores quirografarios y el 63,16 por ciento del capital, con la salvedad de que algunas conformidades estaban en formado digital y se incorporaron al expediente fuera de plazo. Tampoco se obtuvieron las conformidades entre los acreedores privilegiados, ya que se presentaron acuerdos con el 53,33 por ciento de los acreedores, que equivale al 53,21 por ciento del capital, con la misma salvedad. La Ley de Concursos y Quiebras no admite dudas: “Si el deudor no presentara en el expediente, en el plazo previsto, las conformidades de los acreedores quirografarios bajo el régimen de categorías y mayorías previstos (…) será declarado en quiebra”. También habría una tercera vía: si bien la ley no le da otras opciones al juez, más que homologar el concurso o decretar la quiebra, al amparo del principio de conservación de la empresa, también se ha establecido una jurisprudencia que le permite homologar los acuerdos cuando se hubieran logrado conformidades cercanas al mínimo que exige la ley. Previamente, sin embargo, debería ponderar si la propuesta no resulta lesiva para los acreedores y considerar la protección de acreedores disidentes. En definitiva, como lo marca el pulso del concurso, el tiempo dirá.
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