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Parana » Asdigitalnews
Fecha: 27/11/2024 23:29
Por su parte, la nota aclaratoria del Ministerio de Justicia (N.º 2024-122645833-APN-MJ), emitida el 7 de noviembre de 2024, ratifica la aplicación del decreto y delimita el concepto de "ámbito privado", excluyendo expresamente del pago a: Domicilios particulares Espacios privados de acceso restringido, como salones de eventos y otras áreas cerradas exclusivamente para invitados. En cambio, sí corresponde el pago de derechos de autor en eventos abiertos al público con acceso libre o mediante venta de entradas, así como en aquellos con fines de lucro o de carácter comercial. Estas disposiciones fueron dirigidas por el Ministerio de Justicia a las principales entidades de gestión de derechos (SADAIC, AADI, CAPIF, entre otras), con el objetivo de garantizar una interpretación uniforme de las normativas vigentes y de proteger los derechos de autores y organizadores.
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