27/11/2024 14:46
27/11/2024 14:46
27/11/2024 14:46
27/11/2024 14:46
27/11/2024 14:45
27/11/2024 14:45
27/11/2024 14:45
27/11/2024 14:45
27/11/2024 14:45
27/11/2024 14:44
Buenos Aires » Infobae
Fecha: 27/11/2024 12:42
Las trabajadoras domésticas recibirán el aguinaldo con un plazo máximo de pago hasta el 18 de diciembre (Imagen Ilustrativa Infobae) La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) anunció un aumento del 6%, aplicable en dos etapas, para las trabajadoras domésticas de la quinta categoría. Esta categoría incluye actividades como limpieza, lavado, planchado, mantenimiento del hogar y preparación de alimentos. Aunque la Secretaría de Trabajo aún no homologó el acuerdo, los nuevos montos regirán desde diciembre de 2024. Los valores de la quinta categoría se estructuran en pagos por hora y mensuales. Para quienes trabajan menos de 24 horas semanales con un mismo empleador, el salario por hora será de $2.779,54 con retiro y de $2.998,09 sin retiro. En el caso de trabajadoras con 24 horas semanales o más, los montos mensuales alcanzarán los $340.931 con retiro y $379.111 sin retiro. Los valores consignados son los vigentes a partir de octubre 2024, última actualización oficial disponible. Existe la posibilidad de que la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) cierre un nuevo ajuste para noviembre y los meses venideros. Pero, hasta el momento, estos son los valores vigentes. Además de los valores básicos, las trabajadoras registradas acceden a adicionales contemplados por la ley n.° 26.844. Desde septiembre de 2020, se otorga un 1% de antigüedad sobre el salario por cada año trabajado con el mismo empleador. Por otra parte, las trabajadoras en regiones de zona desfavorable —incluidas provincias como Tierra del Fuego, Santa Cruz y Río Negro, así como el partido de Patagones— recibirán un adicional del 30%. El aguinaldo, también conocido como Sueldo Anual Complementario (SAC), incluye el salario básico, los adicionales y las remuneraciones en especie, tales como viáticos o pagos por habitación. Su cálculo debe excluir los períodos no remunerados, como licencias por maternidad, ya que en esos casos la ANSES es responsable del pago. En cambio, los períodos pagos como vacaciones o licencias por enfermedad sí deben considerarse. El cálculo del aguinaldo para las trabajadoras domésticas de la quinta categoría dependerá del salario más alto percibido en el semestre. Para quienes trabajan con retiro, este monto alcanzará los $170.465,50, equivalente al 50% de los $340.931 mensuales. En el caso de las trabajadoras sin retiro, el aguinaldo será de $189.555,50, calculado como el 50% del salario mensual de $379.111. Estos valores consideran exclusivamente los ingresos básicos, por lo que deben sumarse los adicionales correspondientes, como antigüedad y zona desfavorable, en caso de que apliquen. La Unión de Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) destacó que el plazo máximo para abonar el aguinaldo es el 18 de diciembre. Este pago permite a las trabajadoras disponer de los fondos necesarios para cubrir gastos relacionados con las celebraciones de fin de año. El cálculo del aguinaldo debe realizarse proporcionalmente al tiempo efectivamente trabajado durante el semestre. Para garantizar que las trabajadoras accedan a los aumentos y beneficios correspondientes, es necesario registrarlas en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El proceso requiere que el empleador proporcione datos como nombre, fecha de nacimiento, obra social, información de contacto y CBU si la trabajadora posee una cuenta bancaria. El registro debe realizarse dentro del mismo día laboral; de lo contrario, será obligatorio completarlo de forma presencial en una oficina de la AFIP. Cumplir con esta obligación no solo asegura los derechos laborales de la empleada, sino que también protege al empleador de sanciones legales. La CNTCP establece estos salarios como mínimos, por lo que los empleadores pueden acordar valores superiores con las trabajadoras. El esquema no solo afecta los ingresos mensuales de las empleadas domésticas, sino también su acceso a beneficios previsionales y de cobertura médica, especialmente si están debidamente registradas en el sistema.
Ver noticia original