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» LT10 Digital
Fecha: 26/11/2024 10:26
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este martes el aumento del 2,69% en los montos de las asignaciones familiares y en los límites y rangos de ingresos del grupo familiar a partir de diciembre, mediante la Resolución 1124/2024, publicada en el Boletín Oficial. La actualización de los valores que estarán vigentes para el último mes del año, se da en línea con el dato de inflación de octubre, al igual que sucede mensualmente con el ajuste en los haberes jubilatorios. Con la suba oficializada, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo, alcanzarán en diciembre los $93.281 para la mayoría de los beneficiarios, mientras que será de $121.266 para los que residen en la Zona I (La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires). Con el aumento, la Ayuda Escolar Anual quedó establecida en $124.245, que se pagará a todos los beneficiarios que no superen un ingreso familiar de $3.824.554. La ayuda escolar anual para hijo con discapacidad será del mismo valor, pero sin tope de ingresos. LEER MÁS Se cumplen tres años del brutal crimen de Lucio Dupuy El valor del Prenatal será de $46.642, para aquella familia cuyo ingreso sea de hasta $722.224, mientras que la ayuda del Estado será de $9.813, para quienes cuyos ingresos se posicionen entre los $1.222.902,01 y los $3.824.554. Estos montos rigen para veteranos de guerra, beneficiarios de la Prestación por Desempleo, trabajadores en relación de dependencia y monotributistas. El valor aumenta a $93.281 si se trata de los titulares del decreto 514/2021. En relación con el bono por matrimonio, en todos los casos el valor en diciembre será de $81.408, mientras que la asignación por nacimiento será de $54.367. Además, el monto por el concepto de Adopción será de $325.086. En el artículo 4 de la normativa se aclaró que “la percepción de un ingreso superior a $1.912.277 por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar, excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos establecido”. Asimismo, se determinó que cuando, por aplicación del incremento dispuesto, “el monto de las asignaciones familiares y/o el valor de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar resulten con decimales, se aplicará redondeo al valor entero siguiente”. La actualización de los montos se ampara en el tercer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27.160, que “dispone que la movilidad se aplicará al monto de las asignaciones familiares y a la actualización de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el cobro, en los casos en que corresponde su utilización”.
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