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  • Fijan multas y trabajos comunitarios a quienes incumplen medidas de protección de violencia de género

    Crespo » Estacion Plus

    Fecha: 25/11/2024 09:03

    Durante muchos años, el quebrantar medidas impuestas en una causa por Violencia de Género o Familiar, significó exclusivamente quedar sujeto a las consecuencias establecidas desde el fuero penal. Por múltiples factores -en reiteradas oportunidades- quien había hecho caso omiso a una resolución judicial, percibía que esa grave actitud y acción tenía efectos minimizados en su dinámica de vida. Esa concepción cambió en los contextos de casos que tramitan ante el Juzgado de Paz y Familia de Crespo, donde hace poco más de un año y medio, se puso en marcha un perfeccionamiento del alcance que tiene la ley para estas situaciones. En diálogo con FM Estación Plus Crespo, la Jueza de Paz y Familia, Dra. Vanesa Visconti, explicó de donde surge la impronta que le imprimió a estas conductas pasibles de juzgar en términos legales: "En la Ley 10.956 -Régimen de Protección, Asistencia y Prevención de la Violencia por razones de Género-, tenemos un artículo que dice que cuando hay incumplimiento, además de anoticiar a la Fiscalía, la Judicatura puede disponer una serie de medidas, y todas las otras que crea conveniente. Las leyes dan mayormente imperativos legales, que son deberes, y después da posibilidades. Cuando la ley dice 'debe', los jueces y las juezas no nos podemos escapar de lo que establece. Y cuando dice 'puede', nos está expresando que además de hacer lo que se debe, está habilitado hacer otras cosas más, debidamente justificadas. Eso es lo maravilloso de esta ley, porque de este modo nos permite que podamos disponer las medidas más acordes a cada situación, y que ante el incumplimiento, tengamos otra serie de posibilidades. Desde ese lugar, he dispuesto desde multas hasta obligaciones de hacer, más precisamente tareas comunitarias en distintos lugares, como Comisaría Crespo o dependencias de la Municipalidad. Mayormente se realizan, se efectivizan, y cuando no ha ocurrido, existen procesos penales en curso, porque el no cumplir una tarea comunitaria también es una Desobediencia Judicial. Y por la perspectiva de género, la Fiscalía lo considera aún más grave; dado que esa persona no cumplió la medida y por ello la jueza le puso tareas comunitarias. Y ahora tampoco cumple las tareas comunitarias". "Es importante dejar en claro que son dos caminos distintos", remarcó la magistrada local y replicando un ejemplo que suele conversar con quienes llegan al Juzgado de Crespo, agregó: "En el ámbito de la salud, cada médico tiene la posibilidad de actuar en su experticia. Entonces, el oculista para los ojos; el gastroenterólogo, para el aparato digestivo; el traumatólogo para el sistema ocio. Si traigo esa idea al Poder Judicial, nos encontramos con que ante un incumplimiento de medidas, cualquier Juzgado de Paz, de Familia, Civil, no puede disponer cuestiones penales. Si hay una Desobediencia Judicial -lo que implica un delito-, tenemos la obligación los jueces y las juezas de anoticiar a la Fiscalía, que es otro órgano, específico en ello y que de hecho, eventualmente abrirá una investigación penal. Ahora, ¿eso quiere decir que como Jueza de Paz y Familia no puedo hacer nada? No. La ley me dice que debo anoticiar a la Fiscalía y también puedo hacer todo esto. Desde aquí notificamos a la Fiscalía, pero además disponemos otras medidas". Apuntando a escenarios recurrentes de incumplimientos en contextos de violencia y enfatizando en que ameritan cada uno ser analizado en particular, la Jueza Visconti manifestó: "Hay una medida que dispongo bastante seguido, que es la prohibición de todo tipo de contacto, ya sea personal, telefónico, por redes sociales, o a través de terceras personas. Si alguien le avisa a la otra persona de una situación extraordinaria, como el fallecimiento de un familiar, es un incumplimiento; pero se valora de un modo diferente a aquel que utilizó el mismo medio para proferir una agresión. Si se encuentran en la calle y la persona que se tiene que retirar del lugar -que es a quien se le impusieron las medidas-, no se aleja o demora en retirarse; no es el mismo incumplimiento que ir a la puerta de la casa, tocarle el timbre con insistencia y querer ingresar. Todos son incumplimientos, que se valoran de acuerdo al hecho concreto y allí se analiza qué medidas disponer. En lo que refiere a vínculos humanos, no podemos trabajar con una tablita matemática, donde sólo interese el número de incumplimientos para disponer tal o cual sanción. No se trabaja así. Cada familia (violencia familiar) o cada situación de violencia (de género) es única, es particular. Cada persona tiene su propia vivencia, por eso es importante que cuando son citadas a audiencia, vengan; que cuando son convocadas por el Área NAF (Niñez, Adolescencia y Familia) se acerquen; porque soy abogada y trabajo de Jueza, pero no soy psicóloga ni trabajadora social. La mirada que me aportan las profesionales del Área es fundamental para poder abordar el caso de la mejor manera. Esto no quiere decir que las vamos a estar llamando mil veces a las personas, pero sí es importante que asistan al ser citadas, para que su situación particular sea escuchada y se busquen las mejores opciones". Con el transcurrir de los meses, este mecanismo -que apareció a comienzos del otoño del 2023 como una novedad en el ámbito crespense y se ha vuelto una decisión sostenida-, ha ido fortaleciendo la relación institucional entre los organismos que intervienen; ha tenido la incidencia del ejemplo multiplicador entre quienes deben cumplir una serie de medidas judiciales; y también ha reforzado la confianza de quienes denuncian episodios de violencia, en el sistema judicial. Las personas que recurren por una intervención de este tipo al Juzgado de Paz y Familia de Crespo, advierten que ningún aspecto de lo que sucedió y sucede, queda menos valorizado. Sin perjuicio de ello, también las personas denunciadas ejercen su derecho a ser oídos, explayándose durante las audiencias en sus respectivas posturas y argumentos. "El servicio de Justicia da respuestas. A veces la gente cree que porque una persona no queda detenida no hay respuestas, pero sí las hay; sucede que hay muchas herramientas y medidas para ir adoptando a lo largo del proceso", analizó la magistrada y ejemplificó: "Nuevamente hago el paralelo con la medicina. Ante un diagnóstico, hay un camino para recorrer con alternativas y etapas de tratamiento que va prescribiendo y guiando el médico. No necesariamente ni en todos los pacientes, se comienza con una cirugía. Aquí es lo mismo. Es sumamente importante que las Desobediencias Judiciales se hagan saber al Juzgado. No alcanza con llamar a las chicas del Área NAF y de la Mujer -con quienes trabajamos codo a codo-, sino que tienen que ir a la Comisaría a hacer la denuncia, o venir al Juzgado y formularla a través de la Mesa de Entrada o pidiendo una entrevista conmigo. Para no generar demoras cuando estoy en audiencia o si por otro motivo prefieren no aguardar, el equipo del Juzgado está en condiciones de poder escuchar y tomar el acta de manifestación del incumplimiento. Un camino es el de la Fiscalía y lo que puede resultar de una eventual investigación penal, y otra cosa son las medidas que se disponen desde este Juzgado", ratificó Visconti.

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