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» Diario Cordoba
Fecha: 24/11/2024 18:50
El jurado encargado de juzgar el crimen de Samuel Luiz alcanzó este domingo un veredicto sobre los hechos ocurridos el 3 de julio de 2021 en el paseo marítimo de A Coruña. Por unanimidad, acordó que Catherine Silva debía ser absuelta de los cargos que se le imputaban —asesinato con alevosía y ensañamiento y agravante de discriminación por condición sexual—; que Diego Montaña y Alejandro Freire debían ser condenados por asesinato con alevosía. En el caso de Kaio Amaral, la decisión no estaba tan clara y el jurado lo declaró culpable de asesinato con alevosía por mayoría de siete votos —la mínima para aprobar una condena—, y acordó también que era culpable del robo con violencia del móvil de la víctima. Unos hechos que él mismo había confesado durante la instrucción del caso. Por mayoría decidió también el jurado que Alejandro Míguez era cómplice de asesinato. El jurado explicó también —tras un error en la lectura del veredicto— que consideraba acreditado que Diego Montaña había actuado contra Samuel Luiz por su animadversión hacia las personas homosexuales, al atribuirle a él esta condición, de modo que se le aplica la agravante de discriminación por condición sexual. Los acusados, a través de la pantalla, en la sala de prensa. / Cabalar En la lectura del veredicto —celebrada este domingo pasada la una de la tarde— los miembros del jurado aclararon también que, tras haber debatido, consideraban que los condenados no cumplían las condiciones para ser propuestos para indulto ni para que se aplicase la remisión de su condena. El jurado recibió el pasado lunes por la tarde el objeto de veredicto, un documento con 115 preguntas, cinco de ellas comunes a todos los acusados, y, el resto, específicas para cada uno de los acusados que tenían que contestar para determinar la implicación de cada uno de ellos en la agresión mortal. Era el paso siguiente a un mes de juicio por el que pasaron por la sala de la Audiencia casi ochenta testigos y peritos que, con sus testimonios, intentaron poner luz sobre la muerte del joven de Meicende. Cabe recordar que, por estos mismos hechos, hay ya dos personas condenadas por asesinato, dos jóvenes que, aquel 3 de julio de 2021, eran menores de edad y que acordaron cumplir una condena de tres años y medio de privación de libertad. Una vez hecho público el veredicto —tras más de cuatro días de deliberación— y después de que las partes realizaran ayer, en la sala, su petición de condena, la magistrada será la encargada de dictar las penas para cada uno de los cuatro condenados. En todo caso, y tal y como explicó ayer, ese fallo será recurrible por las partes. El jurado, por unanimidad y en respuesta a las cinco preguntas comunes a todos los acusados, considera probado que Samuel fue víctima de una "agresión grupal" y que fueron los múltiples golpes recibidos los que le causaron la muerte, sobre todo, los que recibió en la región craneal y que, a raíz de los hechos, sus padres sufren un trastorno depresivo. El jurado considera también que Samuel fue incapaz de hacer "ningún acto hostil" contra el grupo que le estaba atacando porque no se encontró ningún resto biológico de los agresores en la víctima y dio por probado que los tres coautores tuvieron que entender como probable las consecuencias de sus actos [la muerte de Samuel] y que, aún así, asumieron el riesgo que su acción conllevaba, aceptándolo y siguieron adelante. Pero, ¿quién hizo qué aquella noche y cuáles son las penas a las que se enfrentan? Diego Montaña En el momento de los hechos era la pareja de Catherine Silva. Inició la agresión a Samuel Luiz, al entender que les estaba grabando con un móvil a él y a su novia, cuando, en realidad, estaba haciendo una videollamada con una amiga. «Deja de grabar, a ver si te voy a matar, maricón», considera probado el jurado que le dijo, basándose en las testificales practicadas en el juicio, en este caso, en la declaración de la amiga de Samuel. Y que, «de forma sorpresiva y repentina», se abalanzó sobre la víctima dándole «puñetazos y patadas». Ve probado también que, una vez que Alejandro Freire [miembro también de la pandilla] atacó por detrás a Samuel y éste cayó al suelo, Montaña le golpeó de nuevo y que siguió haciéndolo cuando se sumaron al ataque más personas, impidiendo que Samuel pudiese recibir ayuda o que otras personas le defendiesen y que Samuel se quedó «totalmente indefenso y desvalido». Por estos hechos, lo consideran culpable de asesinato con alevosía con agravante de discriminación por condición sexual. La Fiscalía pide para él 25 años de prisión y cinco más de libertad vigilada. Su defensa, veinte años y, en su caso, una pena no superior a 22 años y medio de cárcel al entender que no cabe la pena máxima por solo concurrir alevosía y no alevosía y ensañamiento, que es el tipo más grave de asesinato. Montaña está en prisión desde que se produjo su detención, el 9 de julio de 2021. Catherine Silva Estaba con Diego Montaña cuando sucedieron los hechos, el jurado considera por unanimidad que no se puede probar que ella formase parte del grupo agresor y concluye que, con su actuación, intentó "contener y separar" al que era su novio cuando se produjo el tumulto. Catherine, que estaba libre desde que se produjeron los hechos, aunque tenía que personarse en el juzgado periódicamente, ha sido absuelta. La Fiscalía pedía para ella una pena de 25 años de prisión, al ver en su actuación también la agravante por condición sexual. El jurado, sin embargo, la exculpa de los hechos y rechaza también la idea de que fuese cómplice de los agresores.Alejandro Freire. Alejandro Freire El jurado considera probado que atacó por la espalda a Samuel y que, después, se unió al grupo agresor y que intervino activamente en la paliza mortal, por lo que le ve culpable de un delito de asesinato con alevosía En su caso, los miembros del jurado no tuvieron en cuenta las atenuantes esgrimidas por su defensa, como que tiene un trastorno mixto de la personalidad y un trastorno de hiperactividad y déficit de atención y que sus facultades estaban mermadas por la ingesta de alcohol y cocaína aquella noche. Para él, que está en prisión des del 9 de julio de 2021, la Fiscalía pide 22 años de prisión y cinco de libertad vigilada, mientras su defensa solicita que sea condenado a quince años, ya que en la calificación del asesinato concurre la alevosía, pero no el ensañamiento. Su abogado, David Freire, considera que tanto las atenuantes como la fundamentación de la alevosía podrían cambiar en un futuro con las apelaciones que se puedan presentar y resolver. Kaio Amaral En su caso, el jurado no alcanzó la unanimidad en la decisión y la balanza se inclinó hacia la culpabilidad por siete votos a dos. El jurado considera que formó parte activamente en la agresión mortal y que, "aprovechándose de los continuos golpes y patadas que recibía Samuel", se apropió de su teléfono móvil. Para Kaio Amaral, la Fiscalía pide 22 años de prisión como coautor de un delito de asesinato con alevosía, cinco por el robo del móvil y otros cinco de libertad vigilada. Su abogado, José Ramón Sierra, que reiteró ayer a la salida del acto, que su cliente es "inocente", solicitó quince años de prisión y otros dos por haberse llevado el dispositivo de la víctima. Amaral fue el único que se derrumbó durante la lectura del veredicto y, a diferencia de sus compañeros, siguió una parte con la cabeza baja, apoyada sobre los brazos. Su defensa recurrirá la sentencia condenatoria. Entiende que el hecho de que el jurado no hubiese alcanzado unanimidad es porque existen dudas de la actuación de su defendido. Alejandro Míguez Su detención se produjo en septiembre de 2021, dos meses después de la de los demás, llegó a ingresar en prisión, pero solo estuvo un mes. El jurado le considera cómplice de asesinato, ya que ve probado que no se desvinculó del grupo en ningún momento, que impidió la huida y la defensa de la víctima y que llegó a forcejear con las personas que intentaban auxiliar a Samuel, los senegaleses Ibrahima y Magatte. Para él, la Fiscalía pide trece años de prisión y otros cinco de libertad vigilada, mientras que su defensa propuso siete años, seis meses y un día. En su intervención, el abogado de Míguez, Manuel Ferreiro, puso de manifiesto que las mismas pruebas que habían exculpado a Catherine habían servido para condenar a su cliente, ya que las grabaciones de las cámaras de seguridad le recogen en la escena, pero no se le ve atacando activamente a Samuel. En todo caso, anunció que recurrirá la sentencia. Al no haber pedido ayer ni Fiscalía ni las partes su ingreso en la cárcel —como sí solicitó que se mantuviesen los otros tres acusados, que estaban en prisión preventiva—, seguirá en libertad hasta que dentro de unos meses se celebre la vista por la apelación. La Fiscalía solicitó además, que los condenados indemnicen a la familia del fallecido en 263.284, 27 euros, una cifra que la acusación particular pidió elevar. Ahora será la magistrada la encargada de dictar sentencia y, las partes, después, podrán presentar sus recursos a la misma. La magistrada agradeció este domingo a los miembros del jurado su entrega durante todo este proceso, al que le han dedicado casi un mes entero de sus vidas. El pasado lunes, cuando les entregó el objeto de veredicto, les había pedido que debatiesen y consultasen las pruebas para fundamentar sus decisiones y que emitiesen un veredicto "justo" para que ella, después, pudiese dictar una sentencia "justa". "Lo que gritan al matar a alguien sí importa" "Lo que gritan al matar a una persona sí importa y ha quedado probado, por lo menos, en esta sentencia", dijo este domingo el abogado Mario Pozzo-Citro, encargado de la acusación popular, en nombre de la asociación ALAS Coruña, una vez concluida la lectura del veredicto. "La misión de ALAS en este pleito era demostrar que en este brutal asesinato hubo homofobia, creo que ha quedado plenamente probado y creemos que es un veredicto que va a marcar un antes y un después", explicó este domingo la presidenta de la entidad, Ana G. Fernández, que incidió en que, con este fallo condenatorio para cuatro de los cinco acusados, se restauraba no solo la dignidad de Samuel sino también de su familia y de las víctimas de LGTBIfobia en España. Mario Pozzo-Citro se centró en probar "cómo a Samuel se le leyó la pluma, hecho que provocó que fuese visto como una víctima fácil, así como la importancia del grito de maricón de mierda", proferido en varias ocasiones, relata la asociación ALAS . La entidad espera que este veredicto ayude a restaurar la confianza en el sistema judicial de las personas que han sufrido ataques homófobos y que sirva también para "visibilizar la importancia de denunciar" estos actos.
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