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Chajari » Noticias Chajari
Fecha: 22/11/2024 18:16
Pasado el mediodía de este viernes, el Tribunal de Juicios y Apelaciones dispuso la prisión preventiva de Pedro Báez y ordenó la inmediata detención y el traslado a la unidad penal del ex ministro condenado a seis años y medio de prisión por el desvío de fondos públicos para promocionar la figura de Sergio Urribarri como candidato presidencial en 2015. Los jueces Julián Vergara y Elvio Garzón hicieron lugar al pedido efectuado por el Ministerio Público Fiscal y ordenaron la inmediata detención del ex ministro, en tanto que Carolina Castagno, mantuvo su postura y rechazó la prisión preventiva de Báez, aunque coincidió en que existe un riesgo de fuga. La decisión se basó en la existencia de riesgos procesales, en virtud de que la condena de Báez ha sido confirmada por la Cámara de Casación Penal y que dispone de recursos económicos, vinculaciones políticas y partidarias y que ha desarrollado emprendimientos comerciales de importante magnitud. “Frente al escenario de tener que pasar un tiempo prolongado privado de la libertad, no resulta descabellado pensar que pueda fugarse”, aseguró el juez Garzón. “No puedo no destacar que el doctor Ignacio Aramberry dijo que la Fiscalía aún sostiene que la sentencia de condena oportunamente dictada por este tribunal se encuentra firme, por lo tanto ejecutable. Pero el devenir de este proceso demuestra lo contrario”, marcó la magistrada Castagno apenas comenzó a leer los fundamentos de su voto. Más adelante sostuvo que la actividad defensiva de Báez no es comparable a la que desplegaron Urribarri y Aguilera. “No intentó postergar la audiencia de discusión de prisiones preventivas ni realizó denuncias insólitas en extrañas jurisdicciones”. De modo que sostuvo su opinión respecto de la discusión que ocurrió entre agosto y septiembre pasado, pese al fallo de Casación de los últimos días, que revirtió esa situación. “La reciente resolución de Casación que los fiscales invocan como determinante sobre la preventiva de Urribarri y Aguilera, en relación a la preventiva de Báez, se ciñe al análisis sólo de Urribarri y Aguilera y no de Báez. Ello impone y habilita ingresar a la procedencia de la preventiva de Báez que interesa Fiscalía porque no fue objeto de revisión de Casación. Ello al efecto de sopesar si el riesgo que relevó Casación atento a Urribarri y Aguilera, y la medida cautelar que se impuso a ellos, se traslada a Báez. En esa tarea, he de ser consecuente con lo resuelto anteriormente”, remarcó Castagno. Publicó El Once
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