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» Comercio y Justicia
Fecha: 22/11/2024 13:28
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) avanzó un paso más en el proceso de flexibilización del flujo de importaciones y busca compensar la pérdida de dólares de las reservas que genera el pago de ese tipo de operaciones. Con ese fin, el organismo que encabeza Santiago Bausili dispuso que los operadores puedan cancelar sus deudas antes de los plazos previstos en la normativa vigente hasta ahora si lo hacen con dólares propios. Así lo estableció por medio de la comunicación “A” 8133, que autoriza a los importadores a pagar con fondos propios que tengan depositados en sus cuentas locales y/o reciban de sus ventas en moneda extranjera dólares las operaciones en un plazo inferior a 30 días (cabe aclarar que no pueden haber sido comprados en el MEP). Al día de hoy, hay algunos bienes (sólo en casos excepcionales, como el sector energético) que se importan con un plazo de cero días y, pero, en la mayoría de los casos, es a 30 días. El problema es que todo indica que las reservas del BCRA podrían verse resentidas en la última etapa del año producto del pago de las importaciones. “Los pagos de importaciones de bienes representarían el 146% de las importaciones devengadas en octubre, el 157% en noviembre y el 135% en diciembre, para luego normalizarse en enero”, anticipa un informe de Facimex Valores. En tren de contrarrestar ese efecto y de avanzar en la mejora del flujo de importaciones, así como para atender la necesidad de las empresas de una flexibilización en ese sentido, este jueves se estableció lo siguiente: Para el caso de los bienes de capital, se permite cancelar anticipos con dólares propios en plazos inferiores a 30 días. Para otros bienes, se podrán cancelar con las operaciones a la vista de la documentación pertinente a través del mismo recurso (con recursos propios). Y, en el caso de los importadores de servicios (que aplica, por ejemplo, a recitales) a empresas no vinculadas, podrán utilizar fondos propios que tengan depositados en sus cuentas locales y/o reciban de sus ventas en moneda extranjera para pagar las importaciones sin plazo.
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