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  • “Ficha limpia”. La suerte de políticos con condena confirmada

    Parana » Pagina Politica

    Fecha: 21/11/2024 19:40

    Los movimientos en las causas que se siguen contra Cristina Fernández, a nivel nacional; y Sergio Urribarri en la provincia han vuelto a poner sobre la mesa el debate de la “ficha limpia” como condición para ser candidato. En el caso de la expresidenta, fue ratificada la condena en su contra por la Causa Vialidad, apelada ante la Corte Suprema de Justicia. Y el asunto es clave por cuanto es la dirigente con el piso de votos más alto de entre quienes se alistan en la oposición al gobierno de Javier Milei. En este sentido, la “ficha limpia” es clave en el escenario nacional. Es sustancialmente diferente para el armado del tablero electoral si Cristina puede o no ser candidata mientras el máximo Tribunal de Justicia tiene la última palabra. En la provincia, los últimos pasos judiciales tuvieron que ver con la prisión preventiva dispuesta para el exgobernador Sergio Urribarri. Si bien desde la condena en primera instancia el dirigente del peronismo no ha expresado voluntad de candidatearse, lo cierto es que la bandera de la “ficha limpia” fue levantada por la dirigencia de Juntos por Entre Ríos en campaña, mientras se sustanciaba el juicio contra el exmandatario por hechos de corrupción. Y hoy, en el Gobierno, la fuerza política que lidera el gobernador Rogelio Frigerio ha impulsado su discusión para las reglas de juego electorales. En el Congreso La Cámara de Diputados de la Nación estaba convocada a sesión especial para el miércoles para tratar la “ficha limpia”, en un intenso juego de ajedrez entre los aliados de Milei en el Congreso y el peronismo que acaba de poner a la expresidenta al frente del PJ Pero las distintas bancadas que impulsaron el debate no lograron el quorum necesario ni las mayorías especiales que requiere el tratamiento del asunto que sigue en agenda, de todos modos, con varias versiones. En efecto, la Comisión de Asuntos Constitucionales y de Justicia emitió dictamen de mayoría y cuatro mociones de minoría respecto del tema. El texto con más rúbricas prevé una reforma a la ley de Partidos Políticos impidiendo que puedan aceptarse las candidaturas de personas con condenas por delitos de corrupción, confirmadas en segunda instancia. Los debates se han dado respecto del alcance de la “ficha limpia”. En algunos proyectos y dictámenes se incluyen, entre otros, las condenas confirmadas por delitos contra la integridad sexual. Además, hay propuestas que no refieren exclusivamente a la presentación de candidaturas si no también a la prohibición de ser funcionario de cualquiera de los poderes del Estado, tal la redacción que impulsan diputados radicales, entre otros los entrerrianos Marcela Antola y Atilio Benedetti. La postura de la bancada del peronismo, en este sentido, se expresa en un dictamen que rechaza impedir los derechos políticos para quienes no tienen sentencia firme. Lo suscribe, entre otros, la entrerriana Carolina Gaillard. Se cuestiona que pueda dejarse la cuestión de las candidaturas al trámite que siga un expediente en un Poder Judicial señalado por arbitrario, tras lo cual se explaya en repasar, entre otros casos, el del “escándalo del viaje a Lago Escondido”. La propuesta añade a la Ley de Partidos Políticos un capítulo de delitos económicos y de condenas, siempre con sentencia firme, que impedirían la postulación como candidato. Se mencionan allí, entre otros, el contrabando, la evasión, la fuga de capitales, la compraventa ilícita de divisas, entre otros. “Ficha limpia”, versión entrerriana La redacción provincial de la “ficha limpia” se encuentra en debate desde agosto en dos comisiones del Senado, la de Legislación General y la de Asuntos Constitucionales y Acuerdos. Está incluida como un capítulo específico en el extenso proyecto de 32 artículos de Ética Pública que presentó el Ejecutivo apenas iniciada la gestión del gobernador Rogelio Frigerio. Por unanimidad tuvo media sanción en Diputados y fue girado a la Cámara alta para su tratamiento. El proyecto en cuestión “regula las normas de conducta que deben regir en el ejercicio de la función pública. Tiene como finalidad brindar publicidad, transparencia y ficha limpia de las personas humanas y de sus actos jurídicos”, según queda plasmado en el artículo 1º que abre una propuesta de norma que “establece un conjunto de deberes, prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas humanas que se desempeñen en cualquiera de sus tres poderes”. La regulación de los “obsequios”, las incompatibilidades y de conflictos de intereses y la presentación de Declaraciones Juradas son otros asuntos incluidos en el texto. El artículo 24 de la Ley de Ética Pública es el que regularía la “ficha limpia”. Dispone que los partidos “no podrán registrar candidatos a cargos públicos electivos” a quienes haya sido condenados por “1) Delitos contra la Administración pública; 2) Delitos contra el orden económico y financiero, 3) Delitos contra las personas comprendidos en los Artículos 79, 80, 84 bis segundo párrafo, art. 95, cuando el resultado sea la muerte; 4) Delitos contra la integridad sexual; 5) Delitos contra el estado civil comprendidos; 6) Delitos contra la libertad; 7) Delitos contra la propiedad; 8) Delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional”. La imposibilidad de ser candidato (o precandidato) aplica a partir de que queda firme la sentencia condenatoria, “en cámara revisora”. De aprobarse la propuesta regiría un Certificado de Antecedentes Penales (CAP) que acompañará la presentación de listas. Fuente: Página Política

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