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  • Se rechazó el habeas corpus y a Urribarri sólo le queda el STJ

    Parana » Analisis Litoral

    Fecha: 21/11/2024 00:00

    Facebook Twitter WhatsApp LinkedIn Copy Copied Messenger 0 Shares La estrategia de la defensa fue rechazada y el ex gobernador permanecerá detenido en la unidad penal. Lo que se dice tras bambalinas y que la realidad deja al descubierto. La jueza Carola Bacaluzzo rechazó el hábeas corpus presentado por la defensa de Sergio Urribarri, luego de su detención preventiva ordenada por la Cámara de Casación Penal de Paraná, en el marco de la causa en la que fue condenado a ocho años de prisión por la comisión de delitos contra la administración pública, que viajó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La magistrada entendió que el planteo formulado por los abogados Fernando Burlando, Javier Baños y Leopoldo Cappa no era la vía para solicitar la excarcelación de Urribarri, sino que debían hacerlo ante la Sala Penal de Superior Tribunal de Justicia (STJ). Más temprano, Juan Pablo Aguilera se había plegado al habeas corpus, a pesar de que inicialmente su defensa había dejado trascender que no lo haría porque consideraba que la vía para solicitar la excarcelación era, como ahora lo dijo la jueza Bacaluzzo, el STJ. Finalmente, el cuñado del ex gobernador, condenado a seis años y medio de prisión, lo hizo en tándem con Urribarri. En la sala de audiencias estuvo Miguel Ángel Cullen, no así Marcos Rodríguez Allende. La magistrada no analizó la cuestión de fondo, aunque aclaró que la condena contra Urribarri y Aguilera no se encuentra firme. Dijo que “el habeas corpus protege la libertad ambulatoria ante detenciones o arrestos ilegales”, pero aclaró que “no es procedente si la privación de la libertad es resuelta por los jueces naturales de la causa”. En ese sentido, insistió en que “el habeas corpus no autoriza a sustituir a los jueces propios de la causa en decisiones que les incumben y respecto de las cuales se pueden interponer los recursos de ley”. Asimismo, rechazó que la detención de Urribarri y Aguilera fuera “arbitraria o ilegal”, como planteó Baños, sino que fue dispuesta por los jueces naturales del proceso e insistió en que “el habeas corpus no autoriza a sustituir a los jueces propios de la causa en decisiones que les incumben y respecto de las cuales se pueden interponer los recursos de ley”. En este caso, ante la Sala Penal. Todo lo que gire en torno a actores de algunos sectores del Poder Judicial y de la política será teñido de sospechas por estos días. Cuando se concedió el recurso extraordinario federal casi al unísono se dijo y publicó que Sergio Urribarri acababa de consagrar su impunidad y no pisaría una unidad penal porque la Corte Suprema de Justicia de la Nación -con sus tiempos- haría posible que el ex gobernador alcance los 70 años de edad para evitar dormir en otro lado que no sea su casa. Con solo repasar el proceso se advertía que aún restaba una resolución de la Cámara de Casación, que fue la que dictó la detención. Hablar no cuesta nada. El habeas corpus es una herramienta que busca proteger la libertad, controlar la integridad y el respeto a la vida de las personas e impedir la desaparición o indeterminación de su lugar de detención y proteger al individuo contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Se utilizó para conocer el paradero de personas desaparecidas durante la última dictadura cívico-militar y también ante casos de abuso policial y desapariciones en democracia. Lo que sucedió este martes fue producto de un fallo que puede gustar o no, pero además se haber sido emitido por un organismo competente puede ser reprochado en otra instancia que prevé el sistema: el STJ. La defensa del habeas corpus fue casi nula en argumentación jurídica. También lindó lo chabacano. Burlando no estuvo en la sala, aunque se conectó de manera remota. Sostuvo que “no hay nada más lejos” de lo que corresponde que los argumentos de la Cámara de Casación Penal, según su óptica. “Se buscó desde los albores una foto, y era la de Urribarri preso”, dijo. “La presunción de inocencia no desaparece frente al dictado de una condena. Menos aún si no existe ningún riesgo procesal concreto. Esto es lo que muestra la historia y la actitud de Urribarri. Nunca vi semejante inadmisible posición frente al tratamiento de una situación procesal de acusado. Lo de Urribarri nos retrotrae a un Estado sin justicia, ni garantías, ni derecho”, señaló ante el peligro de fuga esgrimido para la detención de Urribarri en la unidad penal. La libertad o la continuidad de la prisión preventiva está en manos de la Sala Penal del STJ, ante la que se apelará lo resuelto este miércoles. Horas antes a que Bacaluzzo resolviera, se dijo de ella que, por no retenido el cargo en un concurso, lo que implica que debería volver a su cargo de relatora de la vocal Claudia Mizawak, fallaría en favor de Urribarri. ¿Por qué? Porque la integrante de la Sala Penal sería la autora de las buenas noticias para el ex gobernador Urribarri, con quien tiene el teléfono cortado desde hace un par de años y, a pesar de ello, se excusó de intervenir en sus causas.

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