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Parana » Pagina Politica
Fecha: 18/11/2024 10:38
En los últimos días, el escenario político ha estado marcado por los debates en torno a la decisión del gobierno de Javier Milei de anular el beneficio de la “jubilación de privilegio” de Cristina Fernández, así como también la pensión que percibe por Néstor Kirchner. Así lo ordenó el Presidente, y así lo dispuso el Anses en Resolución Nº 1092, pocas horas después de que se conociera el fallo de la Cámara de Casación Penal ratificando la condena en contra de la expresidenta en la Causa Vialidad. Se retomó así la discusión de la naturaleza de estos beneficios para quienes han pasado por el poder, las condiciones en las que ese haber debiera darse por caído, la justicia o no de un beneficio que pasa a ser pensión de la pareja o incluso de los hijos en caso de muerte. Con la asunción de Rogelio Frigerio en el gobierno de Entre Ríos se retomó también por estos pagos el debate del tema, un asunto que vuelve a cobrar vigencia cada vez que las crisis, las políticas de ajuste y de empobrecimiento de las mayorías terminan por poner el ojo en los “privilegios” en torno al poder. Frigerio impulsó un paquete de normas, algunas de las cuales ya se han aprobado y otras siguen su curso en la Legislatura, paquete de iniciativas que el oficialismo prefiere enmarcar en la denominada “reforma política”. Allí incluyó, además de la reforma electoral y la Boleta Única, la ficha limpia, la Ley de Transparencia, la eliminación de gastos reservados, la Ley de Transición. Lo anunció en su mensaje de asunción y lo reiteró en su primera exposición de objetivos ante la Asamblea Legislativa en febrero pasado. Se trata de la derogación lisa y llana de la Ley 4.506 que desde 1965 prevé la pensión vitalicia para los gobernadores y vicegobernadores. La norma fue impulsada en el gobierno radical de Carlos Contin. Un gobierno dictatorial, en 1971 la derogó y fue reimplantada ya en tiempos democráticos, en 1984 cuando también la Casa Gris estaba bajo signo radical, con la conducción de Sergio Montiel. Tuvo varios cambios a lo largo de la historia, entre otros el paso de la determinación del monto de la pensión del 75% al 82% del cargo en actividad. Frigerio, en los fundamentos del proyecto que envió a la Legislatura, ni bien inició su gobierno, analiza el origen de la ley que se pretende derogar, consideró que la Constitución entrerriana fija pautas para la política previsional, apostando a los criterios de igualdad y censurando este tipo de beneficios. Advierte el gobernador además que la norma “no prevé que se deba acreditar sesenta años de edad; treinta años de antigüedad en el servicio; veinte años de aportes en regímenes de reciprocidad; entre otros extremos”, así como también toma nota de la falta de disposiciones respecto de las incompatibilidades con el cobro de la pensión. Idas y vueltas La iniciativa fue aprobada en la Cámara de Diputados, con el acompañamiento del oficialismo, el peronismo y las bancadas de diputados “libertarios”. Eso sucedió en la sesión del 10 de abril pero desde entonces, en Senado, el expediente no ha salido de la comisión de Legislación General. El peronismo que tiene ajustada mayoría en la Cámara alta resolvió no avalar la propuesta sin consultas previas con los dirigentes de la fuerza que perciben o están en condiciones de solicitar el beneficio. Así sigue el asunto en comisión. El proyecto que quedó empantanado tras la media sanción prevé que se sigan abonando los beneficios ya otorgados salvo que cayeran en las incompatibilidades dispuestas como “la percepción actual o futura de beneficios previsionales o asistenciales, de cualquiera de los regímenes vigentes; (y/o) la percepción de retribuciones, honorarios, sueldos o dietas provenientes de todo tipo de relación laboral, contractual o las que sean consecuencia del ejercicio de cargos electivos; en el orden nacional, provincial, municipal o comunal; excepto las que correspondan al ejercicio de la docencia”. El artículo 5 contempla la caducidad de la jubilación de privilegio en los casos de condena por delitos contra la administración pública; delitos contra el orden económico y financiero; determinados delitos contra las personas; delitos contra la integridad sexual; algunos delitos contra el estado civil; delitos contra la libertad; contra la propiedad; contra los poderes públicos y el orden constitucional. De convertirse en ley, la norma afectaría al exgobernador Sergio Urribarri que apeló la condena en su contra ante la Corte Suprema de Justicia. También haría caer el beneficio si lo han tramitado los exvicegobernadores Domingo Daniel Rossi y Héctor Alanis, con condenas ratificadas por delitos de corrupción. En efecto, el proyecto contempla que “al dictarse la sentencia de segunda instancia o de quedar firme la de primera instancia, la misma será comunicada por el Juez o Tribunal interviniente a la Caja de Jubilaciones y Pensiones, para que proceda según lo establece la ley”. “Es aplicable la caducidad cuando exista sentencia condenatoria coincidente en cámara revisora, asegurando el doble conforme en igual sentido; sin perjuicio de los recursos extraordinarios que pudieran corresponder. En caso de revocarse la sentencia condenatoria, el beneficio será restablecido en forma retroactiva”, prevé el texto frizado en la Legislatura. Fuente: Página Política
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