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Parana » APF
Fecha: 16/11/2024 20:30
Se finalizó el sumario administrativo al agente Roberto Tablada por ausentarse desde enero de 2020 hasta agosto de 2021 de su puesto de trabajo por un tiempo prolongado y sin justificación válida, supo APFDigital. sábado 16 de noviembre de 2024 | 19:50hs. El agente Roberto Daniel Tablada, empleado del Hospital "Dr. Castilla Mira" de Viale, está acusado de faltar al trabajo sin justificación durante más de un año y medio, desde enero de 2020 hasta agosto de 2021. Estas ausencias son el motivo para su cesantía, según las normas que rigen a los empleados públicos en la provincia. El decreto Nº3122 fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia Nº27.977. Detalles importantes Anteriormente Roberto Tablada estaba adscrito (transferido temporalmente) a otras áreas gubernamentales desde 2016, como la Secretaría de la Juventud y Turismo Social. Sin embargo, durante el período investigado (2020-2021), no trabajó en ninguna de estas áreas ni en el hospital al que pertenece originalmente. Inconsistencias y justificaciones Aunque había documentación que acreditaba su trabajo en años previos (2016-2019), no pudo justificar ninguna actividad laboral durante el período investigado. El agente argumentó que hubo malentendidos sobre su adscripción y que no fue convocado formalmente por ninguna dependencia. También mencionó que durante la pandemia de COVID-19 intentó consultar su situación. Conclusiones de la investigación La investigación confirmó que Tablada no prestó servicios ni justificó sus ausencias entre enero de 2020 y agosto de 2021. Se ordenó que devuelva los sueldos cobrados durante ese tiempo, ya que fueron percibidos indebidamente. Además, se consideró que su conducta (muchas faltas injustificadas y actitud despreocupada) afectó el funcionamiento del hospital, sobre todo durante la pandemia. Despido definitivo Debido a la gravedad de las faltas y a su impacto en la administración pública, el caso concluyó en un despido definitivo. Esto se considera una sanción proporcional a las inasistencias y al incumplimiento del deber laboral. (APFDigital)
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