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  • Polémica por tasas municipales en boletas de luz: Enersa aclaró cuál es la legislación vigente en Entre Ríos – ACTUALIDAD A DIARIO

    Chajari » actualidadadiario

    Fecha: 15/11/2024 21:45

    La compañía de energía de la provincia emitió un comunicado este jueves, tras la imputación por parte del Gobierno nacional a 95 empresas y cooperativas del país donde acusan de haber “incumplido la norma” Esta semana, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de Nación imputó a 95 empresas por haber incluido en las facturas tasas o cargos considerados “ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor“. Se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas “incumplieron la norma”, según el Gobierno de Javier Milei. Una de las empresas imputadas es Enersa, que presta servicios en distintas ciudades de Entre Ríos. Frente a esta situación, la compañía emitió este jueves un comunicado donde plantea su postura sobre la legislación vigente en la provincia. “El servicio público de distribución y comercialización de energía eléctrica es de jurisdicción provincial. Enersa es uno de los concesionarios del servicio de suministro de energía eléctrica en la provincia de Entre Ríos y, por lo tanto, es un sujeto regulado por la Autoridad de Control, que es el Ente Provincial Regulador de la Energía (E.P.R.E.) y la Autoridad de Aplicación, que es la Secretaría de Energía de la Provincia de Entre Ríos. Ambas entidades son quienes fijan las condiciones para la prestación de dicho servicio“, indicaron. Además, sostuvieron: “En este contexto, cabe aclarar que Enersa cumple con el Marco Regulatorio Provincial, que establece que todos los concesionarios del servicio, tanto Enersa como las 18 Cooperativas Eléctricas, están obligados a cobrar en la factura los conceptos por “Contribución Única” y “Tasa Municipal” (Artículos 24 del Contrato de Concesión y 74 del Marco Regulatorio Eléctrico Provincial / Ley 8916)”. Finalmente, concluyeron: “Por estas razones, Enersa aclara que la Resolución 267/2024 del Gobierno Nacional, que determina que las facturas no podrán contener ‘sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio’ como las tasas y/o impuestos provinciales y municipales, se contradice con lo establecido en el Marco Regulatorio Provincial“.

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