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  • Sin firma en las presentaciones no se regulan honorarios a letrados patrocinantes

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 15/11/2024 11:41

    La Sala D de la Cámara Civil del Poder Judicial de la Nación confirmó una resolución de primera instancia en el caso “Kicillof, Axel c/ Arte Gráfico Editorial Argentino SA y otro s/ Daños y Perjuicios”, ratificando los honorarios mínimos establecidos para los abogados intervinientes y desestimando las apelaciones de ambas partes. El fallo fue suscrito por los jueces Maximiliano Luis Caia y Gabriel Gerardo Rolleri. El conflicto surgió a partir de la apelación presentada por los abogados de ambas partes tras la resolución emitida el 25 de junio de 2024 por el juez de primera instancia. El recurso fue interpuesto por los doctores Damián Fabio Cassino, Claudia Irene Ostergaard y Adriana Patricia Ocampo, quienes cuestionaron la decisión de no regular honorarios a favor de las letradas Ostergaard y Ocampo. Argumentaron que, aunque estas no firmaron digitalmente las presentaciones en las que figuraban como patrocinantes, participaron activamente en la causa junto al doctor Cassino. Por otra parte, se apelaron los honorarios regulados a Luis Joel Goldin, abogado del actor Axel Kicillof, y los del propio doctor Cassino, abogado apoderado de la demandada, además de los honorarios de otros abogados y de la mediadora Fabiana Beatriz Montiel. Requisitos formales

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