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Parana » ViaParana
Fecha: 15/11/2024 03:28
El presidente Javier Milei y la exmandataria Cristina Kirchner tuvieron un jueves de furia con fuertes cruces que rozaron los agravios personales, luego de que el Gobierno nacional anunciara que le quitará las asignaciones de privilegio a la exjefa de Estado, tras confirmarse la condena por corrupción en su contra. La decisión del Poder Ejecutivo fue comunicada por el vocero Manuel Adorni, quien informó que por orden de Milei, Cristina Kirchner, no cobrará más la jubilación de privilegio como expresidenta, ni la pensión especial que recibe por su marido fallecido Néstor Kirchner. De todas formas, abogados y expertos constitucionalistas, advirtieron que el Poder Ejecutivo no tiene la facultad para tomar una decisión en ese sentido y en consecuencia en caso de efectivizarse se judicializará. Adorni precisó que entre ambas asignaciones la actual presidenta del partido Justicialista cobra más de $ 21.827.000 por mes. El portavoz señaló que el beneficio previsto por la ley 24.018, para expresidentes y exvicepresidentes “se otorga con carácter excepcional y extraordinario como contraprestación al honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo”, mientras que “la señora Cristina Kirchner fue condenada por la Cámara de Casación Penal, en la Causa Vialidad, como autora del delito de administración fraudulenta”, una sentencia que “representa lo contrario al honor, al mérito y al buen desempeño”. “La jubilación a exmandatarios es un privilegio que no debería existir en la Argentina, más aún si quien la percibe está condenada por estafar desde las más altas esferas del poder a millones de argentinos que vieron esfumarse sus esperanzas a manos de la política”, afirmó Adorni. En esa línea, enfatizó que “durante el mandato del presidente Milei, Argentina no va a destinar fondos a ninguna persona que esté condenada por corrupción y que haya mancillado el honor y la dignidad de los argentinos”. Sobre la posibilidad de que CFK recupere el beneficio por la vía judicial, Adorni consideró que tras la condena de la Cámara de Casación “podrá hacerlo, pero para tener una jubilación y una pensión de acuerdo a sus aportes y no el adicional por privilegios”. Desde el Gobierno aseguraron que se tomará la misma decisión con el exvicepresidente y también condenado, Amado Boudou. “Vergüenza ajena” Pocas horas después, CFK publicó un documento que tituló “Lo único que te faltaba, Milei”, en el que tildó de “burro” al actual primer mandatario, lo asoció con un “dictador” y manifestó que “le da vergüenza ajena”. “Ahora resulta que, además de ser titular del Poder Ejecutivo, querés crear y presidir un ‘Tribunal de Honor’ para juzgar el honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo de los ex Presidentes y ex Presidenta de la Nación. Y para colmo… ¿Un Tribunal con atribuciones para fijar y aplicar penas accesorias a las del Poder Judicial?”, inició su descargo CFK. Y añadió: “Estás tan fuera de eje que está apareciendo el pequeño dictadorzuelo que siempre llevaste adentro (a los argentinos que te votaron de buena fe no les va a alcanzar la vida para arrepentirse de haberlo hecho). Y, entonces… ¿Te querés asociar con la mafia judicial para perseguirme vos también? ¿Tanto miedo me tenés? Te comento que al dictador Videla sí le tuve miedo y mucho. Pero vos sólo me das lástima y vergüenza ajena”. La expresidenta también aprovechó la ocasión para publicar una supuesta respuesta realizada con inteligencia artificial donde quedarían expuestas las inconsistencias del fallo que la condenó. Qué dicen los expertos Abogados y expertos constitucionalistas coinciden en que el Gobierno no está facultado para retirar las pensiones de privilegio, aunque señalan que es un régimen desproporcionado y que debiera ser reformado o derogado. Al respecto, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez consideró que “las denominadas jubilaciones y pensiones de privilegio son contrarias a la igualdad” y afirmó que “nunca debieron existir y es un imperativo republicano su derogación”. No obstante ello, precisó que “una vez otorgadas mediante un acto administrativo regular generan un derecho adquirido a favor del beneficiario”. En su argumentación sostuvo que “el artículo 29 de la ley 24.018 solo establece como causal de exclusión del beneficio a quienes previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones”. Por tanto, aseguró que “en términos constitucionales y convencionales” la administración pública no tiene facultades revocatorias de un acto administrativo que otorgó una jubilación de privilegio, aunque sea “sobre la base de una sentencia de condena firme por la comisión del delito de defraudación dolosa contra la administración pública”. Consultado por este medio, el constitucionalista Daniel Sabsay precisó que en caso de que la decisión se tome por decreto, “deberá sancionarse una ley que lo confirme para preservar el principio de legalidad”. A su vez, el abogado Diego Armesto recalcó que “los beneficios de la ley 24.018 alcanza “a quienes fueran removidos por mal desempeño de funciones y este no es el caso de Cristina Kirchner”. Dada la situación, subrayó que la medida “seguramente la discusión será judicializada y se abrirá un debate”, al tiempo que se pronunció a favor de la derogación de la norma.
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