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  • El TSJA desestima la querella interpuesta por los Hermanos Maristas contra el Ayuntamiento por el Castillo de Maimón

    » Diario Cordoba

    Fecha: 14/11/2024 10:27

    El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón al Ayuntamiento de Córdoba y desestimado los recursos planteados por los Hermanos Maristas en el enquistado conflicto por el Castillo de Maimón, adquirido por los religiosos en 1946. El origen de la controversia administrativa y judicial --que se remonta al año 2014-- reside en la interpretación que las partes hacen de un camino que cruza la finca (camino número 41), ya que el Ayuntamiento le dio calificación de camino público, mientras que la institución religiosa lo considera una zona privada de acceso a su finca. La institución de enseñanza lleva años reclamando esa cuestión porque quería ampliar los usos urbanísticos de la finca donde se ubica el Castillo de Maimón y dar carácter residencial y hotelero a ese inmueble. Ahora, la sección segunda de la sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJA ha desestimado el recurso planteado por los Maristas contra un acuerdo del Pleno de 2018 por el que se rechazaba sus pretensiones de impulsar un plan especial sin la inclusión del camino y ordenado a los demandantes el pago de las costas procesales que se cifran en 2.500 euros. En la resolución, el alto tribunal andaluz declara sin ambages,--algo que ya declaró el juzgado de Primera Instancia número 10 de Córdoba--, que el camino 41 tiene una existencia y una naturaleza públicas indubitadas, con reflejo documentado al menos desde el último tercio del siglo XIX, algo que ya había sido declarado por el juzgado de Primera Instancia nº 10 de Córdoba. El TSJA también ha desestimado la aclaración de la primera sentencia que presentaron los Maristas. Sede del TSJA en Granada. / CÓRDOBA El Pleno de Córdoba tomará hoy conocimiento de estas sentencias, así como del informe del letrado responsable de la asesoría jurídica municipal, Miguel Aguilar. Denegación del plan especial En dicho informe, el letrado subraya que la sentencia razona profusamente acerca del uso público del camino, que conduce a la Fuente de la Palomera, y acerca de la falta de justificación del carácter privado del mismo. En el fallo, el TSJA determina que no habiendo demostrado los Hermanos Maristas el carácter privado del tramo del camino debe desestimarse la demanda. Por este motivo, dice el letrado, es lógico y coherente que el Ayuntamiento de Córdoba exija que en el plan especial promovido por la congregación para el cambio de usos de la parcela se contemple una nueva zonificación, libre de edificaciones y de libre tránsito, coincidente con el tramo del camino 41. Termina señalando el TSJA que no puede decirse que sea desproporcionada la opción finalmente acogida por la Gerencia de Urbanismo de denegar la aprobación definitiva del plan especial, porque es una de las posibilidades previstas en el artículo 33 de la LOUA. Más de una década de antecedentes La junta de gobierno local aprobó inicialmente en el 2012 el plan especial Castillo Maimón promovido por los Hermanos Maristas Provincia Mediterránea en el año 2010, pero a la vez le requería a que, antes de aprobar provisionalmente ese plan urbanístico, aportara un plano en el que se delimitara con claridad el dominio público de ese camino 41 de acceso a su propiedad. Los Maristas se querellaron en 2014 y en la vía penal contra la Gerencia de Urbanismo y contra el jefe de la Oficina de Patrimonio al que acusaban de haber "falsificado y manipulado" planos. Ambas causas acabaron archivadas al considerar el juzgado que los hechos denunciados no eran constitutivos de infracción penal, archivo que fue ratificado posteriormente por la Audiencia Provincial. En octubre del 2015, la Gerencia de Urbanismo declaró la caducidad del expediente seguido para la aprobación del plan especial en suelo no urbanizable Castillo de Maimón del PGOU de Córdoba, y fue contra este acuerdo que se interpuso el recurso contencioso-administrativo que tumbó el juzgado 2 de lo Contencioso en primera instancia y ha terminado desestimando ahora el TSJA. El impulso del plan especial se retomó en 2017, pero no habiendo presentado el demandante la información requerida, el Pleno de Córdoba en mayo del 2018 denegó su aprobación y la ratificó en diciembre. Frente a estos acuerdos se interpuso recurso contencioso-administrativo, tramitado ante la Sección Segunda de Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ha dictado la sentencia y auto de los que estamos informando. El camino, en la ordenanza La existencia del camino 41 está presente también en la ordenanza municipal reguladora del uso, conservación y protección de los caminos públicos vecinales, así como de las fuentes, abrevaderos y alcubillas del término de Córdoba. Esta ordenanza ya señalaba que ese "camino vecinal parte de la carretera de circunvalación de esta ciudad en el sitio denominado la Cruz de Juárez se dirige por tierras de Buenavista, continuando desde este punto al repartidor de aguas de Mirabuenos y prosiguiendo por tierras de dicho prédio y las del Castillo de Maimón hasta la fuente pública de la Palomera. De la cerca de la hacienda de Mirabuenos se deriva una vereda que pasando por la del castillo, atraviesa el camino que se dirige al arroyo Pedroches, continuando por terrenos del molino de la Palomera, del haza de la Marquesa y de la Virgen a incorporarse al camino que va a Santo Domingo". Suscríbete para seguir leyendo

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