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  • Hipoteca de bien futuro: ¿de qué se trata este lanzamiento del gobierno?

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    Fecha: 13/11/2024 15:20

    El gobierno publicó un decreto de necesidad y urgencia creando esta herramienta que permitirá financiar proyectos nuevos. “Hoy sacamos DNU creando la “hipoteca de bien futuro””, posteó el ministro de hacienda del ejecutivo nacional, Luis Caputto. “Esto es realmente un hito histórico del crédito hipotecario en nuestro país; va a permitir financiar vía hipotecas, proyectos nuevos y/o no escriturados; proyectos en pozo, y con boleto simplemente”, explicó en su cuenta de la red social X. Para Caputto, “es un cambio de paradigma en la industria, que apunta a impulsar al mismo el crédito hipotecario y la los desarrollos inmobiliarios”. La decisión se sustenta en que “el crédito hipotecario constituye un instrumento fundamental para el acceso a la vivienda, para el desarrollo de la inversión privada y para impulsar la reactivación económica y productiva en el territorio nacional”. En esa línea, sostienen que “es necesario impulsar y consolidar un mercado de créditos hipotecarios robusto y sostenible en el tiempo, que esas acciones presentan varios desafíos pero, sin perjuicio de ello, existen justificaciones claras para avanzar en su desarrollo”. Que dice el decreto El artículo uno habilita la constitución de hipotecas divisibles sobre inmuebles sujetos a proyectos inmobiliarios para la posterior división y afectación al régimen de propiedad horizontal o conjuntos inmobiliarios, o para subdivisiones originantes de parcelas del dominio común, de acuerdo a los términos y condiciones indicados en los artículos siguientes. Los requisitos para constituir una hipoteca divisible serán los siguientes: 1) El dominio del inmueble deberá constar libre de gravámenes o los existentes deben ser reconocidos por el acreedor 2) Deberá contar con un proyecto que determine la modalidad de la subdivisión, en el que deberá constar el número, características y destino de las futuras unidades funcionales o lotes de terreno, que describa el proyecto urbanístico 3) Deberá contener la conformidad de las partes a fin que, una vez concluida la división del inmueble y transferido el dominio o constituido el derecho real de superficie a favor de cada adquirente, se proceda conjuntamente con la división del crédito y de la garantía hipotecaria que, desde ese momento, afectarán individual e independientemente a cada unidad o lote o superficie por el saldo que le pudiere corresponder a estos últimos. En este link, el decreto publicado en las últimas horas: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/316909/20241113

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