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  • En la vulnerable y vapuleada justicia entrerriana,otro capítulo, con más dudas que certezas.

    Parana » Analisis Litoral

    Fecha: 02/11/2024 16:00

    Facebook Twitter WhatsApp LinkedIn Copy Copied Messenger 0 Shares Apartaron al fiscal Arias de la causa donde investigaba a los asesores externos «ad honorem» que comisionaban importes millonarios para interceder entre el IAPSER y el municipio El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia, liderado por la jueza Silvina Gallo, ha hecho lugar a la recusación presentada por la defensa de Enrique Cresto, apartando al fiscal José Arias del caso. Este fallo se encuentra firme y no ha sido apelado por el Ministerio Público Fiscal. La defensa, compuesta por los abogados María de los Ángeles Petit y Matías Lladós, argumentó la recusación en base a antecedentes previos de Arias en causas relacionadas con el ex Intendente y actual Diputado Provincial. Petit recordó que en 2019 ya había recusado al fiscal en el Legajo IPP 9029/18, una causa que terminó cerrándose tras su apartamiento. Cabe recordar que la investigación se inició tras un informe de DIARIOJUNIO a raíz de datos brindados por el IAPSER tras un pedido de información pública realizado por este medio. Allí se descubrió que el municipio de Concordia nunca contó con la figura de un productor asesor externo hasta el año 2020 por resolución del ex intendente Enrique Cresto. En un principio, la gestión de Francisco Azcué, también aceptó -por decreto publicado en el Boletín Oficial- los servicios “ad honorem” del asesor de seguros, Ignacio Caprarulo, pero luego dio marcha atrás con la decisión. Considerando el caso de organismos públicos locales que contratan a intermediarios con el IAPSER, según lo informado a este medio por el instituto, el 95 por ciento de las 110 comunas, juntas de gobiernos y municipios corresponde a localidades con muy poca población y que no cuentan con agencias comerciales del instituto. En este punto, también se destaca que, en el caso del IAPSER Seguros, los clientes que poseen intermediación representan aproximadamente el dos por ciento (2%) de la cartera de seguros de entes públicos. Si bien durante la gestión de Cresto la designación del asesor o intermediario fue en calidad «Ad Honorem», sólo durante 2023, Caprarulo cobró 20.705.793,96 pesos en concepto de comisiones, más un remanente de 210.814.94 pesos en enero 2024. Durante los meses de noviembre y diciembre de 2023 y enero de 2024, Caprarulo fue reemplazado -también por resolución del ex intendente Cresto y hasta que fue nuevamente designado por el mencionado decreto de Azcué que luego se revocó- por la firma CETW BROKERS S.A. de Buenos Aires. La misma percibió 8.910.183,27 de pesos en concepto de comisiones pagadas por el IAPSER; es decir, por la provincia de Entre Ríos, solo por los seguros de ART. La investigación de este medio y que dio lugar a la intervención del fiscal Arias, ponía el foco en lo inexplicable de una intermediación cuando el mismo instituto cuenta con productores asesores directos y una Ley Provincial del año 1971 -refrendada por un decreto del ejecutivo provincial del año 2000- determina que todo los organismos públicos provinciales están obligados a contratar los seguros, de cualquier clase, con el Instituto Autárquico Provincial del Seguro. A todo esto se suma que hay una agencia comercial del instituto que está a 5 cuadras de la municipalidad de Concordia y que gran parte de los montos pagados fueron por seguros de ART, algo de lo que se ocupan los contadores y AFIP. Según informó DIARIOJUNIO, Caprarulo era prácticamente un desconocido en los pasillos de la municipalidad y en las oficinas del IAPSER, casi no gestionó ningún vínculo entre el municipio y el Instituto, y no se ocupaba de las tareas por las que había sido nombrado asesor “ad honorem” del municipio. Punto de la cuestión que la fiscalía decía haber corroborado en base a testigos. La justicia también dio cuenta de que la firma de Buenos Aires, CETW Brokers, designada con posterioridad para reemplazar a Caprarulo, jamás se presentó ante el municipio ni el Instituto del seguro de Entre Ríos y tampoco asesoró ni gestionó nada, sin embargo, al igual que Caprarulo, también cobró suculentas comisiones. El fiscal había divulgado, en abril de este año, que el perjuicio contra el municipio de Concordia quedó manifiesto tras la recomposición del vínculo directo con la empresa aseguradora de la provincia de Entre Ríos: La comuna había obtenido un beneficio del 5 por ciento en la alícuota que paga por todos y cada uno de los seguros que contrata con el IAPSER (ART, bienes, herramientas, eventos, caución, etc.), que equivalían por entonces a más de 3 millones de pesos mensuales. Ese dato se desprendía del testimonio del funcionario de Hacienda, Pablo Ferreira, por entonces Subsecretario, quien declaró que formalizó el pedido de la bonificación. También de una testigo del IAPSER que confirmó que se lo otorgaron. Cuestión que para la fiscalía dejaba en claro las innecesarias y costosas «gestiones» de parte del asesor de seguros Ignacio Caprarulo y del broker de Buenos Aires, CETW SA, por hacer -lo que los testigos expresaron casi al unísono en las declaraciones testimoniales- “NADA”. La recusación de Arias Según la abogada de Cresto, la doctora Cielo Petit, Arias mostró un comportamiento sesgado en ambas causas, lo que pone en tela de juicio su imparcialidad. “En esta ocasión, el Fiscal ha actuado utilizando el ‘libre albedrío’ y un criterio arbitrario, lo que fue evidente en su actuación anterior”, afirmó Petit. Además, señaló que la investigación carece de objetividad, al no incluir a otros involucrados y no respetar los principios de legalidad y equidad. El fiscal José Arias La causa en cuestión, que se inició de oficio por Arias tras la designación de un Gestor de Seguros por parte del actual Intendente Francisco Azcué, fue criticada por la defensa por su falta de rigor investigativo. Petit enfatizó que “hay una animosidad manifiesta, de persecución procesal”, sugiriendo que el fiscal utiliza su poder para imputar a Cresto sin pruebas sólidas. La abogada subrayó que la recusación de un fiscal no implica el archivo de la causa, sino que garantiza la transparencia del proceso. “Cualquier otro fiscal puede continuar con la Investigación Penal Preparatoria, pero no podemos aceptar que un fiscal que ha sido recusado en dos oportunidades siga dirigiendo una investigación sesgada”, concluyó. Fuente: Con información de El Entreríos /Archivos DIARIOJUNIO

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