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Concordia » 7paginas
Fecha: 31/10/2024 20:51
El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia, en una sentencia emitida el pasado 3 de julio y firmada por la jueza Silvina Gallo, resolvió hacer lugar a la recusación del fiscal José Arias en el caso denominado “Seguros”, una causa que involucra al exintendente y actual diputado provincial Enrique Cresto. La recusación, presentada por los abogados de Cresto, María de los Ángeles Petit y Matías Llados, se basó en antecedentes previos que, según argumentan, evidencian animosidad y parcialidad por parte de Arias en investigaciones contra el exintendente. Una historia de recusaciones: los antecedentes de Arias La defensa de Cresto fundamentó su pedido en la recurrencia de investigaciones iniciadas por Arias en las que, aseguran, el fiscal ha demostrado un “criterio arbitrario de selectividad de personas” y ha dejado de lado la objetividad. Según indicaron, en el año 2019 Arias ya había sido apartado en una causa previa en la que Cresto fue investigado, luego de que el tribunal considerara que el fiscal mostró una conducta parcial y direccionada, centrando sus acusaciones únicamente en Cresto e ignorando a otros posibles implicados. En esa oportunidad, la recusación de Arias fue aceptada en tres instancias, incluida la Cámara de Casación, tras lo cual se cerró la investigación. En el fallo de entonces, el tribunal cuestionó que Arias dejara “por fuera de la reconstrucción del devenir delictual a otros involucrados” y defendiera la exclusividad del accionar penal sin aceptar un control adecuado en el ejercicio de sus funciones. La causa IAPSER y el inicio de la investigación La causa “Seguros” se inició de oficio por Arias en relación con la designación de un gestor de seguros por la actual gestión del intendente Francisco Azcué, y el fiscal citó a Cresto en calidad de sospechoso, pese a que el Código Procesal Penal de Entre Ríos (CPPER) no contempla tal figura. La defensa de Cresto cuestionó el enfoque y señaló que la información recopilada en el expediente carece de una investigación profunda y objetiva. Según la Dra. Petit, “el Fiscal ha actuado utilizando el ‘libre albedrío’ y un criterio arbitrario de selectividad de personas, sin delitos definidos”, reiterando así los motivos de la recusación en 2019. En este sentido, Petit afirmó que el fiscal ha mostrado una “animosidad manifiesta, de persecución procesal”, y acusó a Arias de utilizar su poder de seleccionar pruebas para construir una imputación contra Cresto sin bases sólidas. Implicancias de la recusación y garantías de transparencia La jueza Gallo acogió el planteo de la defensa y justificó su fallo señalando la falta de objetividad e imparcialidad en la labor de Arias, apuntando a un posible “direccionamiento de la investigación” por parte del fiscal. En la resolución, se destaca que el fiscal dejó fuera del proceso a otras figuras de relevancia en el periodo investigado, lo que para la defensa de Cresto confirma un sesgo hacia su cliente. La Dra. Petit también aclaró que la recusación no implica un archivo o freno en la investigación, sino que garantiza la transparencia en el proceso judicial. “El Ministerio Público Fiscal cuenta con numerosos fiscales, y cualquiera de ellos puede continuar la Investigación Penal Preparatoria (IPP)”, explicó, destacando la importancia de que el caso no siga bajo la supervisión de un fiscal que ya ha sido recusado en dos oportunidades. Un debate sobre objetividad y principios constitucionales La defensa de Cresto subrayó la importancia de un enfoque imparcial en cualquier investigación judicial, ya que este debe regirse por principios constitucionales de objetividad e imparcialidad. En palabras de la Dra. Petit, “no podemos consentir la continuidad de una causa bajo la dirección de un fiscal que, en dos ocasiones, fue apartado por desvirtuar la búsqueda de la verdad”. Redacción de 7Paginas
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