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Parana » APF
Fecha: 31/10/2024 19:30
Una pareja fue procesada por el delito de Facilitación de la permanencia ilegal de extranjeros, doblemente agravada por haber abusado de la necesidad de las tres personas migrantes, un padre y sus dos hijas. El padre fue deportado y las niñas quedaron en Villa del Rosario, en el Departamento Federal. Aducen que tendrían un poder especial para efectuar los trámites para que las menores logren la ciudadanía argentina, como así también, para todos los actos necesarios de la vida de aquellas. jueves 31 de octubre de 2024 | 18:50hs. La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por Mateo Busancihe y Beatriz Aranguren, resolvió este jueves “rechazar parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Damián Andrés Borgo y Carolina Solange Silva, y confirmar la resolución del 5 de septiembre de 2024, en cuanto resuelve el procesamiento de los nombrados por el delito de facilitación de la permanencia ilegal de extranjeros, doblemente agravado por haber abusado de la necesidad de las tres personas migrantes y por la minoría de edad de dos de ellas…, y el embargo sobre sobre el vehículo Volkswagen Vento, propiedad de Silva…”, no obstante sugerir la disposición de medidas cautelares sobre el rodado. Además, la Cámara declaró “la nulidad” de aquella resolución “en cuanto dispone el embargo de sus bienes en la suma de 10.000.000 pesos, por carecer de fundamentación suficiente…, devolviéndose las actuaciones la Jueza de primera instancia para que –con la celeridad que el caso se merece- dicte un nuevo fallo, de conformidad con lo expuesto en los considerandos precedentes. III- Encomendar a la Magistrada que tenga presente lo indicado en el Considerando VI”. Este considerando dispuso que “sin perjuicio de lo resuelto, y tal como lo sostiene el Ministerio Público Especializado en Minoridad, cabe encomendar a la Magistrada que, en la medida de su alcance, profundice la investigación en relación a todas aquellas personas que podrían haber participado en la captación, ingreso y permanencia ilegítima de las niñas al país”. El caso El 14 de agosto se les recibió declaración indagatoria a Silva y Borgo y se les imputó “el haber facilitado la permanencia ilegal de EHCL, HLCR y de ECR, en el territorio nacional, con la finalidad de adoptar ilegalmente a las dos menores oriundas de la República Dominicana, evitando así cumplir con la normativa vigente que regula la materia… Concretamente … entre 2019 y 2023, (aprovechando de la especial situación de vulnerabilidad socio económica en la que se encontraban inmersas las personas) colaboraron con la gestión de los documentos de viaje (pasaportes) de los migrantes, enviando dinero a su país de origen a tales fines; y asistieron a los nombrados en el curse migratorio ilegal –presuntamente desde la República del Paraguay hacia el territorio nacional en 2022, por un paso fluvial no habilitado; trasladándoles luego - a bordo de su vehículo y una vez efectuado el cruce – desde la frontera hacia la ciudad de Villa del Rosario… para finalmente acoger en su domicilio particular a las dos menores señaladas”. Procesamiento La Cámara intervino por el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Borgo y Silva, contra la resolución que decretó el procesamiento -sin prisión preventiva- de ambos, en calidad de coautores. La causa se inicia por la denuncia del 15 de enero de 2024 realizada por los directores de Protección Integral de Adolescentes del Copnaf ante la Fiscalía Federal local, donde manifestaron haber tomado conocimiento por parte del Defensor Auxiliar Interino del Departamento de Federación, de la existencia de dos menores de edad, de 11 y 14 años, de nacionalidad dominicana, quienes habrían ingresado de manera irregular al país con su padre identificado como EHCL, que fuera expulsado del territorio nacional el 19 de diciembre de 2023 -; y que estarían con una pareja en la localidad de Villa del Rosario, de dicho departamento”. Los denunciantes mencionaron que las niñas habrían quedado en Argentina con Silva y Borgo, quienes tendrían un poder especial para efectuar todos los trámites concernientes para que las menores obtengan la ciudadanía argentina, como así también, para todos los actos necesarios de la vida de aquellas. Entre otras actuaciones, se mencionó que el Juzgado de Familia de Chajarí remitió las copias del expediente, donde surgió que las niñas se encontraban provisoriamente alojadas en una de la localidad de Feliciano por el plazo de 90 días, en virtud de una medida dispuesta por el Copnaf, la que posteriormente fue prorrogada. Asimismo, el 25 de enero de este año, el juez a cargo de aquel Tribunal, entre otras cuestiones, ordenó la prohibición de contacto por cualquier vía o medio entre Silva y Borgo, con las niñas. Luego, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) Delegación Entre Ríos, remitió tres expedientes en formato digital de los cuales se observa que, en mayo de 2023, dicha dependencia declaró irregular la permanencia en el Territorio de la República Argentina de EHCL, prohibiendo el reingreso al país por cinco años; y que sus dos hijas permanezcan en el país, habiendo sido designada como tutora -ante ese organismo- el 19 de diciembre de 2023, Silva. El 2 de febrero de este año se libró una orden de secuestro con allanamiento en subsidio, a los fines de incautar los celulares de Borgo y Silva. Finalmente, personal de Prefectura Naval Argentina, el 5 de febrero, secuestró el de Silva; y se decretó la prohibición de salida del país de ambos. El 16 de abril se citó a las dos menores con el objeto de recibirles declaración en Cámara Gesell, la que se realizó el 7 de mayo de 2024; y finalmente se recibieron las copias legalizadas de la documentación y los testimonios que fueron tramitados ante la Titular del Registro Notarial N° 13 de Federación; y los resultados de los peritajes oportunamente encomendados.
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