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  • Cárcel para un policía por liarse a porrazos contra los manifestantes en Murcia en la huelga general de 2012

    » Diario Cordoba

    Fecha: 28/10/2024 14:17

    Eran tres agentes de la Policía Nacional los que estaban bajo sospecha de liarse a porrazos contra ciudadanos en la huelga general de 2012 en Murcia. A uno de los vecinos heridos en aquella jornada le tuvieron que reconstruir el tabique nasal. Ya hay sentencia: se ha condenado solo a un policía, al que pudo ser identificado. Según indica el TSJ en un comunicado, el agente es "condenado a un año de prisión por un delito agravado de lesiones por el uso de instrumentos o medios peligrosos". Añade que "se establece una pena accesoria de inhabilitación especial para formar parte de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) de dicho cuerpo". El condenado no entrará en prisión. La sentencia se hace pública en un momento en el que la Delegación del Gobierno continúa investigando las cargas policiales que hubo en la protesta estudiantil por la EBAU en Murcia, algo que sucedió a principios del presente mes de octubre. Incumplieron las órdenes Volviendo a la huelga general, hace nada menos que una docena de años, cuando sucedieron los hechos, el entonces jefe superior de Policía de la región de Murcia, Cirilo Durán, admitió que pudo haber "mala praxis" en la actuación de alguno de los agentes de la Policía Nacional que dispersaron a un grupo de miembros de un piquete durante la jornada de paro general. El propio Durán se encargó de ordenar la apertura de una investigación interna para determinar si se produjo algún exceso o irregularidad en la actuación de los agentes encargados de vigilar la zona. Los hechos que ahora llegan al tribunal acontecieron sobre la una de la tarde, en el centro de Murcia. En concreto, los manifestantes estaban en la Plaza Fuensanta y fueron dirigidos por los agentes hacia la calle Bando de la Huerta. Efectivos de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) formaron un cordón policial: entonces quienes protestaban empezaron a insultar a los policías. Ahí fue cuando varios de ellos "incumplieron las normas de procedimiento policial y las órdenes recibidas: abandonaron el cordón policial y se precipitaron corriendo por la calle Bando de la Huerta, en dirección a Doctor Marañón, golpeando con sus defensas reglamentarias a los manifestantes que se encontraban en la misma". Patada y porrazos Cabe recordar que hay un vídeo colgado en el portal de internet Youtube grabado por un vecino desde un balcón, en el que se aprecia cómo un ciudadano recibe una patada y golpes de porra de un agente una vez que está inmóvil en el suelo, al que había caído al tropezar en su huida con una moto aparcada. La víctima (un activista conocido como Carlos Gorairis) relató que llegó a perder momentáneamente el conocimiento. Carlos Gorairis, con la nariz vendada, dio una rueda de prensa días después para contar lo que le había pasado / Águeda Pérez El agente detalla la sentencia, deberá indemnizar al perjudicado con 5.000 euros y al Servicio Murciano de Salud con 4.485 euros. Y abonar los daños causados en la motocicleta que se determinen en ejecución de sentencia, si los reclama su titular. Cantidades estas de las que deberá responde subsidiariamente el Ministerio del Interior. "Tirado en el suelo" "La sentencia declara probado que el manifestante fue golpeado, “en total y en la situación de postración en la que se hallaba por estar tirado en el suelo”, por tres agentes policiales, pero tras examen de cada interviniente en las trece sesiones vista oral y el visionado de múltiples vídeos y material audiovisual por parte de la Sala, solo ha quedado identificado uno de ellos, por lo que la Audiencia absuelve a otro agente que estaba acusado", destaca el TSJ. "Este y otros dos agentes también fueron absueltos de provocar otra lesión en la mano a un segundo manifestante. Aunque la sentencia también declara que sí se tiene por probado que las lesiones “son debidas a la violencia ejercitada durante esa carga policial indebida y no autorizada objeto de enjuiciamiento”, el Tribunal considera que la fractura fuera causada dolosamente, ni por la acción de los tres agentes acusados", concreta la nota. Sin descanso Al comprobar el tumulto y que varios efectivos corrían usando las porras contra manifestantes y viandantes, se dio la orden de parar, subraya la sentencia, pero los agentes que habían abandonado la disciplina de grupo siguieron avanzando. Aunque los magistrados reconocen, de acuerdo a lo declarado por los mandos policiales en el acto del plenario, que los agentes llevaban desplegados desde las diez de la noche del día anterior, “sin casi descanso y habiendo tenido ya varias intervenciones en materia de seguridad ciudadana” y el “cansancio físico y psíquico” en que se podría haber hallado muy probablemente el penado por su intervención durante muchas horas seguidas como antidisturbios, consideran que esto no enerva la necesaria imposición de la pena accesoria de inhabilitación especial. No probado Apunta el TSJ que "en el banquillo de los acusados estuvieron a su vez, como acusadores y acusados, dos manifestantes, el herido en la mano y un amigo, que también participaba en la manifestación, acusados por los agentes de una falta de lesiones". Según explica la sentencia, cuando el primero estaba rodeado por tres agentes policiales, dos de los cuales lo golpeaban con sus porras, dio un empujón a uno de ellos. La otra acción objeto de enjuiciamiento habría ocurrido instantes antes por una supuesta agresión con una muleta, no probada. Ambos han resultado absueltos al apreciar el Tribunal legítima de defensa de terceros en un caso y ausencia de pruebas incriminatorias en el otro. Por último, igualmente se absuelve a otros dos funcionarios policiales de haber falseado el atestado policial en el que estos dos manifestantes fueron presentados como detenidos, al no haber quedado acreditados los extremos objeto de acusación. La presente sentencia no es firme, y contra ella (al tratarse de un procedimiento anterior a la reforma introducida en 2015) cabe recurso de casación, a resolver por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

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