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  • Imputaron a 16 famosos por promover sitios de apuestas ilegales

    » Radio Sudamericana

    Fecha: 27/10/2024 11:15

    Domingo 27 de Octubre de 2024 - Actualizada a las: 09:25hs. del 27-10-2024 FIGURAS PÚBLICAS Se dieron a conocer los nombres de los famosos que deberán presentarse a la Justicia por promover actividades fuera de la legalidad. Entre los nombres más destacados se encuentran Elián L-Gante Valenzula, Florencia Peña, Morena Rial y Flor Vigna. Dieciséis figuras públicas fueron imputadas esta semana por la promoción de sitios de apuestas ilegales, en el marco de una polémica creciente sobre el juego clandestino en Argentina. La investigación, impulsada por el fiscal Juan Rosas, de la Fiscalía especializada en delitos de juego clandestino, busca esclarecer el rol que desempeñaron estas celebridades al popularizar plataformas de apuestas no reguladas. La noticia se dio a conocer en el programa Poco Correctos de El Trece, donde Ale Maglietti explicó: “Empieza con una investigación de la fiscalía contra el juego ilegal. No están prohibidos los casinos online”. La abogada también destacó que, según el fiscal, “sin la participación de los famosos no se habría alcanzado esta magnitud de popularidad y concurrencia en este casino”, resaltando así su influencia sobre el público en la promoción de estos sitios. En general, se aclaró que las URLs que terminan en “.bet” suelen ser legales, pero en este caso, los famosos promovían plataformas sin regulación, lo que permitió el acceso de menores de edad y trajo consecuencias graves, como el endeudamiento de familias afectadas. Entre los acusados, Florencia Peña fue una de las primeras en ser indagada. Otros que deberán presentarse en la Fiscalía de Paseo Colón 1333 son Elián “L-Gante” Valenzuela, la piloto Trianela Campolieto, Furia Scaglione, Flor Vigna, Morena Rial, Flavio Azzaro, Romina Uhrig, Williams López, Agostina Spinelli, Federico Farías (Manzana), Emmanuel Vich, Camila Lattanzio, Mathías Vasile, Joaquín López y Alma Berezowski. Todos enfrentan la acusación de violar el artículo 301 bis del Código Penal, que castiga a quienes “exploten, administren, operen u organicen, ya sea por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin la autorización correspondiente de la autoridad jurisdiccional competente”.

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