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  • Julio de Jesús Chemes fue condenado a prisión perpetua por el crimen de su papá

    » Elterritorio

    Fecha: 19/10/2024 02:41

    La sentencia condenatoria de los jueces del Tribunal Penal Uno de Oberá, Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Jorge Villalba, fue unánime, y se conoció cerca de este mediodía. viernes 18 de octubre de 2024 | 11:14hs. Chemes salió enojado de la sala de debates. //Foto: Cristian Valdez. El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó a Julio Alberto de Jesús Chemes (34) a la pena de prisión perpetua, tras declararlo autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por haber sido cometido en perjuicio de su ascendiente Juan Ángel Chemes (73), el 18 de marzo de 2022 en el barrio Londín. Los jueces Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Jorge Villalba decidieron -por unanimidad- en consonancia con el fiscal Elías Bys, quien en su alegato acusatorio había requerido la pena máxima. La defensa, sin embargo, pidió la absolución, aunque no prosperó. Los magistrados ponderaron la evidencia expuesta en dos días de debate y determinaron la continuidad en prisión de Chemes hijo, que, en sus palabras finales previo a conocerse el fallo, volvió a insistir con su inocencia: "No maté a mi papá. No sé por qué estoy acá. No sé por qué mi familia me hizo esto". Chemes, ahora condenado, abandonó la sala de debates bajo fuerte custodia del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), y en un móvil de la fuerza regresó a la Unidad Penal donde cumplirá muchos años en prisión. Se retiró enojado y evitó a varios de sus familiares, que lo esperaban afuera de la sala de debates. "Cumplió con lo que venía prometiendo, que era matar al padre. Con las mentiras que dijo en sus declaraciones considero que Juan Alberto de Jesús Chemes fue el autor, en un acto de desborde, de maldad. Mató a su propio padre en ese horario de la madrugada y en ese lugar donde se encontró el cuerpo", había concluído el fiscal Bys en su alegato, efectuado un rato antes. La defensa, representada por los abogados Axel Demonari y Alexander Pona, requirió la absolución planteando que "no hay evidencia que lo coloque en la escena, ni una sola persona que lo haya visto esa madrugada en el lugar del hecho. No se ha podido probar su autoría o participación por parte de la fiscalía, pero sí se ha demostrado dónde estaba y con quién estaba en el momento del hecho; y no podemos condenar a alguien con deducciones o estimaciones".

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