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  • Divorcio administrativo: abogados de Entre Ríos rechazan el proyecto de ley

    Parana » APF

    Fecha: 16/10/2024 14:30

    Nación presentó una propuesta para que el divorcio sea un trámite que hagan los cónyuges. Desde el Colegio de la Abogacía de Ente Ríos advirtieron que el proyecto de ley “atenta contra la seguridad jurídica y reduce las garantías fundamentales del debido proceso”. miércoles 16 de octubre de 2024 | 14:17hs. El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado presentó el lunes en el Congreso de la Nación un proyecto de ley que propone que los divorcios puedan hacerse por vía administrativa, sin necesidad de generar un expediente judicial. “Se propone implementar un divorcio simplificado, con mayor libertad y menos oneroso, permitiendo de esta manera a los cónyuges, a través del divorcio administrativo, disolver su vínculo matrimonial de mutuo acuerdo por una vía más simple, más rápida y más económica”, dice la iniciativa, que enseguida generó polémica y voces encontradas. A nivel país en general fueron los abogados quienes manifestaron su desacuerdo. Desde el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER) emitieron un comunicado en la misma línea que sus colegas de otras provincias, expresando “el rechazo total al proyecto que busca implementar como causal la disolución del vínculo matrimonial en sede administrativa”, y remarcaron : “Desde el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos exhortamos los legisladores a rechazar el proyecto de ley y proteger los derechos de la sociedad”. En este sentido, argumentaron que “el divorcio implica la disolución de un vínculo familiar y patrimonial que tiene efectos trascendentes para los cónyuges, sus hijos y terceros, por lo que exige siempre la intervención de los profesionales del Derecho para asistirlos y de los órganos del Poder Judicial para asegurar imparcialidad en su consideración y decisión”. En este marco, advirtieron que “este proyecto de ley atenta contra la seguridad jurídica y reduce las garantías fundamentales del debido proceso”. Finalmente, explicaron: “Buscamos el resguardo y protección de los derechos de las personas que pueden verse afectados por la supresión de las instancias judiciales donde se garantiza la seguridad, certeza e imparcialidad de las modificaciones de sus estados personales y patrimoniales en el ámbito jurídico” . Impacto del divorcio administrativo De aprobarse el proyecto de ley que se presentó al iniciar esta semana –firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos–, se modificará el artículo 435 del Código Civil y Comercial. de la Nación, incluyendo el divorcio en sede administrativa como una de las causales de disolución del matrimonio. Actualmente, la ley sólo reconoce como causas “la muerte de uno de los cónyuges, la sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento, y el divorcio declarado judicialmente”. Entre sus fundamentos, el proyecto alude: “Los divorcios judiciales exigen tiempo y dinero. Conlleva el gasto de sumas de dinero sustanciales por el costo del proceso y todo lo que ello implica. Además, el tiempo que se inicia el referido proceso implica para las partes que durante ese período de tiempo no podrán disponer de algunos de sus bienes con entera libertad”. La nueva propuesta de divorcio por vía administrativa, en cambio, “otorga mayor libertad a las partes para decidir cambios en su vida”, sostuvo el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado que conduce Federico Sturzenegger. El proyecto también modifica el artículo 437 del Código Civil y Comercial, que dispone que el divorcio “se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges”. En la nueva versión, se le agrega una segunda posibilidad, que establece que “el divorcio se decreta en sede administrativa, exclusivamente a petición conjunta de ambos cónyuges, ante el oficial público encargado del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas correspondiente al último domicilio conyugal”. Rechazo a la propuesta Consultada sobre el tema, la doctora Carolina Harrington, abogada especialista en Derecho de las Familias y Sucesiones, y directora del Instituto de Derecho de Familia del CAER, señaló que si se modifica el articulado que rige hoy en día, podrían vulnerarse derechos de las personas. “La sentencia judicial tiene algunas trascendencias importantes. Cuando se modificó el Código Civil y Comercial (agosto de 2015), se acortan los plazos, porque ya no hay que expresar más cuáles fueron las causas por las cuales se rompió el vínculo y el proyecto de vida, como era antes. Ahora el divorcio es mucho más ágil, porque se lo coloca no ya no en las causas, sino en los efectos por los cuales esa pareja, que convivió determinado tiempo, a la hora de presentar un divorcio, presenta un convenio regulador. Porque el haber vivido el matrimonio acarrea determinadas consecuencias, por ejemplo, con relación a los hijos, a la compensación económica, la cuestión alimentaria, la distribución de los bienes, esos principios serían los cuatro grandes pilares”. Acto seguido, señaló: “Con este divorcio se está presentando, como leímos en las noticias, un proyecto en el cual directamente se elimina la instancia judicial y las personas que se han casado pueden ir al Registro Civil y pedir su sentencia de divorcio. Pero pedir sentencia de divorcio sería imposible, porque las sentencias sólo las dictan los órganos judiciales o los tribunales, y sería un acto más que nada administrativo”. “Estamos enrolados en la idea de la libertad y del menor costo posible. Pero la verdad es que si se aprueba este proyecto a la gente la dejaría con un montón de derechos quizás suprimidos, como por ejemplo una compensación económica. ¿Qué pasaría con esta señora o ese señor que fuera vulnerable, ante la situación de la sentencia del acto administrativo con el cual le otorgaron el estado civil de divorciado?”, añadió en declaraciones a UNO. Por último, expresó: “El asesoramiento en esa etapa tan trascendente tiene un valor. Quienes asesoramos acerca de la trascendencia de un divorcio, de lo que implica, o sobre la misma división de bienes somos los abogados. Si no, va a haber que volver a tribunales de nuevo, a tramitar todas esas consecuencias que no se pudo resolver en ese momento”. ¿Sucesión expresa? Al igual que con los divorcios, el Poder Ejecutivo tiene la intención de enviar al Congreso un proyecto que acelera un trámite que suele ser largo y oneroso para las partes. El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, quien anticipó que trabajar en la redacción de un proyecto de ley que facilite las sucesiones no contenciosas, es decir, aquellos procesos donde hay acuerdo entre los herederos y se torna un trastorno largo y oneroso acudir a la Justicia. . (APFDigital)

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