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  • AJUFSA:"la resolución del Alto Cuerpo es ilegal y arbitraria, y que limita el derecho constitucional de huelga de los trabajadores"

    » Diario Opinion

    Fecha: 16/10/2024 01:51

    En una decisión unánime, el Superior Tribunal de Justicia de Formosa desestimó los recursos presentados por la Asociación Judicial Formosa (AJUFSA) y la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), en relación a la impugnación de la Resolución N.º 556/24 (Sup.), que establece la no remuneración de horas y días no trabajados por aquellos empleados judiciales que ejercen su derecho a huelga. La controversia se originó en el contexto de medidas de fuerza impulsadas por los gremios en demanda de mejoras laborales. Las secretarías generales de ambas organizaciones, Silvia Lelian Oruego y Blanca A. del Valle Almirón, argumentaron que la resolución del Alto Cuerpo es ilegal y arbitraria, y que limita el derecho constitucional de huelga de los trabajadores judiciales. En sus presentaciones, resaltaron que la medida contradice el artículo 5º de la Constitución Nacional, que garantiza el servicio de justicia como obligación del Estado. Sin embargo, el Dr. Ariel Gustavo Coll, Ministro del Tribunal, sostuvo que los gremios no lograron desvirtuar los fundamentos del acto administrativo. Afirmó que la continuidad de las medidas de fuerza se produjo tras la aceptación por parte de AJUFSA de un incremento salarial del 30% dispuesto por el Poder Ejecutivo Provincial, lo que, a su juicio, refuerza la legitimidad de la resolución impugnada. En la misma línea, la Dra. Claudia María Fernández destacó que, aunque los trabajadores tienen derecho a la huelga, este no es absoluto. Recordó que el salario corresponde al trabajo realizado y no puede ser abonado en días de cese de actividades. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en fallos anteriores, ha enfatizado que el pago de salarios durante huelgas vulnera derechos fundamentales si no hay una justificación legal que lo sustente. Finalmente, el Superior Tribunal resolvió no hacer lugar a los recursos interpuestos, reafirmando en todos sus términos la resolución que impide el pago por horas no trabajadas. Con esta decisión, se espera que se restablezca la normalidad en el funcionamiento del Poder Judicial en la provincia, al tiempo que se reafirma el marco normativo que regula el ejercicio de los derechos laborales. La Resolución será notificada a las partes involucradas y, cumplido este procedimiento, se archivará el expediente.

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