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  • Los agravios presidenciales no deben ser impunes

    » El litoral Corrientes

    Fecha: 16/10/2024 00:59

    “En el derecho occidental, los agravios y las arengas violentas de un mandatario pueden dar lugar al juicio político” Roberto Gargarella, constitucionalista Roberto Gargarella es doctor en Derecho por la UBA y la Universidad de Chicago, especialista en derecho constitucional, filosofía política y derechos humanos. En un interesantísimo artículo publicado en La Nación, se pregunta si las ofensas, los insultos y la permanente incitación a la violencia que ejerce el presidente Milei en sus discursos y pronunciamientos por redes sociales, tienen o no respuesta legal. El informado lector me ahorrará la mención de los incontables agravios y amenazas a instituciones y personas realizadas por Milei, desde que asumió la primera magistratura de la Nación. Los destinatarios van de personas concretas, figuras públicas, periodistas, el Papa, economistas, hasta instituciones privadas y públicas como el Congreso de la Nación, pasando por grupos o individuos que no coinciden con sus opiniones. Un largo etcétera cierra este párrafo. El prestigioso académico concluye que “el Presidente no puede “decir cualquier cosa” en el ejercicio de sus funciones: sus ofensas, insultos e incitaciones a la violencia tienen que ser limitadas y -eventualmente- sancionadas con un juicio político”. Además del sustento jurídico en el que basa sus afirmaciones, referencia abundante jurisprudencia del derecho norteamericano, con casos concretos. “Los funcionarios públicos tienen mayores cargas y responsabilidades que las personas comunes”, según la Corte norteamericana. No en Argentina. Según la Corte Suprema de los Estados Unidos, el empleo público viene de la mano de ciertas restricciones en el ejercicio de los derechos constitucionales. Los empleados del gobierno, sean el presidente, jueces, legisladores y cargos jerárquicos, tienen ciertas restricciones en el ejercicio de los derechos constitucionales, entre ellos el derecho de expresión. La idea de la Corte norteamericana es que la mayor influencia conlleva mayores cargas y responsabilidades. Gargarella cita el caso de los jueces federales John Pickering en 1802 y Samuel Chase en 1804. Este último fue enjuiciado por haber acusado al presidente Jefferson de gobernar a través del “poder de la turba” (mobocracy). También menciona los casos de los presidentes norteamericanos Andrew Johnson, Richard Nixon y Donald Trump, que fueron sometidos a sendos procesos de impeachment, y aun cuando no lograron los números necesarios para la condena, implicaron un precedente importante en los límites de la violencia discursiva desde el poder. El caso de Johnson es particularmente relevante por su similitud con nuestro tiempo, porque la causal del juicio político fue por su constante denigración hacia el Congreso estadounidense. Respecto a Donald Trump, el objetivo declarado no fue el de “castigar un discurso ilegal, sino, más bien, el de proteger a la Nación de un presidente que ha violado su juramento y abusado de la confianza pública” (texto de la acusación). “Trump, Bolsonaro y Milei están cortados por una misma tijera” Las similitudes entre Trump y Milei son notables en punto a sus desbocadas expresiones que invaden los límites de la tolerancia y la pacífica convivencia. Más acá, lo mismo sucedió con Bolsonaro. El destacado académico concluye que nuestra historia constitucional considera que exigencias de respeto como las señaladas son obligatorias; califica a su incumplimiento como “abuso o violación de la confianza pública” y pide sancionar a sus responsables con una herramienta en particular, el juicio político. Es evidente que la Argentina está atravesada por un proceso de degradación institucional y normativa que nos ha convertido en una sociedad “ajurídica”. El largo tiempo del kirchnerismo, con su secuela de latrocinio púbico, nos ubica en esa categoría. Más, la incitación continua a la violencia en la palabra presidencial, nos coloca en el mismo casillero. En ambos casos, nos acecha el abismo profundo de la impunidad y su normalización en el imaginario social. El lector debe preguntarse: ¿Si un ciudadano común, públicamente, trata de nido de ratas al Congreso, de corruptos a periodistas, políticos y demás, será objeto de demanda por injurias? Seguro que sí. “El que las hace las paga” -dijo un alto funcionario de este gobierno-, yo le agregaría “salvo que sea presidente” Entonces, a diferencia de lo que corresponde en un estado de derecho, en nuestro país el poder otorga protección e impunidad, las personas comunes las deben pagar. “El que las hace, las paga”, dijo alguna vez un funcionario de este gobierno, yo le agregaría “salvo que sea presidente”. Ante los continuos derrapes del presidente, sus laderos lo justifican diciendo que “Javier es así”, y sus seguidores lo aplauden. Sociedad acostumbrada “al poder de los hechos del poder”, no al cumplimiento de la ley. Coincido con Gargarella respecto a que la violencia discursiva en un funcionario público merece sanción. Sin embargo, antes del proceso político y penal, deberíamos consultar al entorno presidencial, porque si “Javier es así” (parecen decir que no tiene remedio) debería determinarse primero si cumple con las condiciones de imputabilidad. La coprolalia o cacolalia es un trastorno neuropsiquiátrico que destaca por el hecho de emitir frases despectivas y ofensivas sin control alguno. Lo del presidente se parece bastante. La violencia comienza a hacerse presente, como consecuencia de la agudización de la intolerancia política. Baste mencionar el caso del influencer libertario que fue insultado y atacado en la marcha universitaria. Es patético lo que sucede en nuestro país. No queremos que el salir de la sartén signifique caer en el fuego. Rogamos que el presidente cese en su violencia discursiva, como contribución necesaria a la pacificación de los espíritus.

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