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  • El Gobierno promulgó la ley que amplía el Registro de Datos Genéticos

    Basavilbaso » Riel FM

    Fecha: 15/10/2024 03:51

    La nueva legislación permitirá la incorporación voluntaria de perfiles genéticos de familiares de presuntos violadores, un cambio que ha generado opiniones diversas. Sancionada el pasado 26 de septiembre por el Congreso Nacional, la ley fue aprobada con 39 votos a favor y 20 abstenciones en el Senado, mientras que en la Cámara de Diputados obtuvo 146 votos positivos, 87 negativos y 7 abstenciones. El Artículo 1° de la nueva Ley establece: “Créase el Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal sobre la base de los perfiles genéticos de un análisis de ácido desoxirribonucleico (ADN) en las circunstancias y bajo las modalidades establecidas en la presente Ley”. Este registro estará bajo la órbita del Ministerio de Justicia, a cargo de Mariano Cúneo Libarona. ¿Qué cambios introduce la nueva Ley? Una de las principales novedades de la Ley es la creación de dos bases de datos separadas: una de perfiles genéticos y otra filiatoria, que no estarán interconectadas. El registro estará disponible para investigaciones en el fuero federal y nacional, y las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán firmar convenios para utilizarlo en sus propios sistemas judiciales. El objetivo central es ampliar las atribuciones del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual (RNDG), permitiendo no solo el almacenamiento y análisis de los perfiles genéticos de los ofensores sexuales, sino también de los familiares que decidan colaborar voluntariamente en las investigaciones. Perfiles genéticos que abarca el nuevo registro El Artículo N° 4 de la Ley detalla los perfiles genéticos que serán registrados: -Perfiles genéticos relacionados con pruebas recolectadas en el marco de una investigación judicial, siempre que no se asocien a una persona identificada judicialmente. -ADN de víctimas, siempre que hayan dado su consentimiento expreso, con la posibilidad de que soliciten la eliminación de sus datos en cualquier momento. -Material genético de cadáveres o restos humanos no identificados, o de personas desaparecidas. -Perfiles de familiares de personas desaparecidas o extraviadas que decidan aportar una muestra biológica. -ADN de personas mayores de edad que hayan sido imputadas, procesadas o condenadas en procesos judiciales. -Perfiles de miembros de las fuerzas de seguridad y empleados judiciales involucrados en investigaciones criminales, quienes podrán solicitar la eliminación de sus datos tras cinco años de haber cesado en sus funciones. -Perfiles de personas que deseen incorporarse voluntariamente al registro. En el caso de menores de edad, la Ley especifica que solo se incluirán sus perfiles si han sido declarados penalmente responsables por la comisión de un delito. Remoción de los datos del registro La Ley también contempla la posibilidad de eliminar perfiles genéticos del sistema. Si una persona imputada o procesada es desvinculada de la investigación por una resolución judicial, o si la investigación se extiende por más de tres años sin avances, sus datos serán eliminados del registro. Sin embargo, se dará prioridad a los perfiles de personas involucradas en homicidios dolosos, abusos sexuales y delitos de narcotráfico. Con la implementación de esta nueva Ley, se espera fortalecer las investigaciones criminales, asegurando una mayor eficacia en la identificación de delincuentes, especialmente en los casos de delitos sexuales, y al mismo tiempo, ofrecer una mayor transparencia y control sobre el manejo de los datos genéticos almacenados.

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