Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Santa Fe reguló las aplicaciones de viajes: ¿Santo Tomé para cuándo?

    » Santo Tome al dia

    Fecha: 11/10/2024 16:36

    Por Santotomealdía El Concejo de la ciudad de Santa Fe aprobó este jueves una ordenanza que otorga un marco legal a las aplicaciones de viajes privados como Uber, Maxim o similares. Además, definió modificaciones en la norma que regula el funcionamiento de taxis y remises, creando exenciones tributarias para lograr condiciones igualitarias de estos subsistemas con relación a las nuevas plataformas. Si bien las apps de viajes son utilizadas desde hace mucho tiempo en nuestra área metropolitana, ya no serán ilegales en la capital provincial. Luego de aprobar la ordenanza enviada por el Ejecutivo santafesino, los concejales de esa ciudad destacaron que se trata de una norma “de vanguardia” y que “no hay ninguna regulación así en el país”. Por el momento, Santo Tomé no da señales concretas de avanzar en una norma que equipare la situación de la ciudad con la capital provincial, al menos por parte del Ejecutivo local. Mientras tanto, la circulación de taxis, remises y autos que prestan servicio para distintas aplicaciones es permanente. Legales en Santa Fe, ilegales en nuestra ciudad. Nuevas formas de viajar Esta semana, la concejal de la oposición Rosana Zamora solicitó que la Municipalidad de Santo Tomé informe el número de remises habilitados en la ciudad y planteó que “es necesario discutir la llegada de nuevas formas de viaje y su convivencia con el sistema tradicional”. Segú reveló la legisladora del PJ, en Santo Tomé hubo una “disminución de al menos cincuenta unidades” dentro del subsistema de remises. "Si se reducen y no se renuevan licencias, no solamente se estiman más problemas para los usuarios; también se alienta la utilización de aplicaciones de viajes que hoy no tienen un marco de legalidad en Santo Tomé", afirmó Zamora. La concejal reclamó al Municipio “una política de control frente a las nuevas prácticas”, reconociendo que muchos santotomesinos recurren “a los sistemas informales, los cuales, al no estar regulados, generan una competencia desigual con quienes tienen las habilitaciones y tributan en función de ello”. La ordenanza de Santa Fe La ordenanza sancionada este jueves por el Concejo santafesino define a las aplicaciones de viajes como intermediarias de transporte de personas por plataformas electrónicas. Se establece que las plataformas deberán inscribirse en un Registro Intermediarios del Transporte de Personas por Plataformas que deberá constituir el Ejecutivo. Además, deberán tener domicilio legal en la ciudad y designar un representante o apoderado que tenga residencia permanente en Santa Fe. A cada conductor registrado deberán exigir licencia de conducir profesional -Clase D1- emitida por la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe y las pólizas de seguro deberán tener cobertura de responsabilidad civil hacia terceros y terceros transportados hasta el límite legal. Las intermediarias de transporte deberán pagar el Derecho por el Servicio de Transporte de Personas por automóviles y podrán asignar viajes únicamente a los vehículos y conductores que se encuentren debidamente registrados. Por otra parte, tendrán que informar a los pasajeros el nombre, apellido y foto del conductor que se asigne al servicio; modelo, color y número de patente del vehículo asignado, tiempo estimado de llegada del vehículo al punto de origen elegido por el usuario y precio final del viaje. El Concejo de Santa Fe aprobó la ordenanza este jueves. (Foto: CSF) En cuanto al precio, deberán mostrar, previamente a la concertación del viaje, el valor de este en función de los puntos de origen y destino. Asimismo, deben permitir al usuario realizar el pago electrónico y/o en efectivo. La autoridad de aplicación será la secretaría de Gobierno, Control y Movilidad municipal y deberá determinar un número máximo de vehículos afectados al servicio de transporte de personas por plataformas electrónicas. En ese sentido se busca "garantizar que esa cantidad no afecte a los otros subsistemas (taxis y remises), evitando la saturación de la oferta y manteniendo una equidad y libertad de oportunidades para todos los efectores del servicio de transporte". "A tales fines, para establecer la cantidad de vehículos a autorizar, se tomará como máximo el 50% de los vehículos activos hoy autorizados en los otros subsistemas de taxis y remises", establece la norma Los conductores de las aplicaciones de viajes podrán prestar servicio cuando existan solicitudes que hayan sido procesadas a través de las aplicaciones, pero se prohíbe expresamente la toma de viaje en la modalidad de oferta pública en calle.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por