Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Modernizan la ordenanza que regula el funcionamiento de locales nocturnos

    Crespo » Paralelo 32

    Fecha: 08/10/2024 11:14

    Nogoyá.- En el año 2001 la vida nocturna de la ciudad tuvo un quiebre. Con el nacimiento del nuevo siglo se terminaron los locales bailables en la zona céntrica. Ya no pudieron abrir más los tradicionales boliches de calle Belgrano, ni que hablar de aquellos que en décadas anteriores funcionaron en plena calle San Martín. La aprobación de aquella ordenanza generó revuelo, la típica polémica que nace cuando se intenta poner un orden desde los estamentos públicos y 23 años después esa ordenanza ha sido modificada contemplando las nuevas modalidades de locales nocturnos, pero esta vez en su mayoría ha sido vista con buenos ojos. La ordenanza Nº 576 promulgada en junio de 2001, prohibió la instalación de locales bailables en el radio comprendido por calles Gobernador Contín, Belgrano, España y Sarmiento en ambas aceras, lo que ha sido respetado hasta el presente. Pero con la aparición de nuevas modalidades nocturnas como el canto bar, la trasnoche o los shows acústicos, los locales gastronómicos atravesaban una encrucijada que los ponía al límite de romper las normas municipales. En la más reciente sesión del Concejo Deliberante, se aprobó la modificación a la mencionada ordenanza, la que incorpora la figura de pubs, café concerts y cantobar, siendo más permisivas las habilitaciones para este tipo de comercios. En el primer artículo del documento se establece como local bailable o boliche a aquel donde concurre un gran número de personas con el objetivo de bailar, pasar la trasnoche con expendio de bebidas y música en vivo, ya sea mediante banda o DJ. Por unanimidad, los concejales aprobaron la incorporación del artículo “1 BIS”, que menciona a los cantobares, pubs y café concerts, o similares, definiendo a los mismos por lugares que realizan el expendio de bebidas y comidas para consumo en el mismo lugar y como complemento desarrollan reuniones bailables que podrían contar con espectáculos artísticos o musicales. Estos podrán instalarse en cualquier punto de la ciudad, quedando exceptuados del límite de bulevares y podrán funcionar hasta las 03 de la madrugada los viernes, sábados y vísperas de feriados. Entre las nuevas medidas, la ordenanza establece que los locales deberán contar con espacios adecuados que permitan la combinación de mesas y pista de baile, acorde a la capacidad, como así también un espacio para la actuación de números artísticos y un número correcto de sanitarios. La última modificación de la ordenanza Nº 576 delimita que los locales comprendidos en la categoría de pubs, cantobar o café concerts, deberán instalarse a una distancia superior a los 100 metros de centros de salud, sanatorios, clínicas o asilos de ancianos. “Revisamos normativas de ciudades vecinas para que esto cause el menor impacto en el vecino de la zona de bares y también para que ellos (los comercios) puedan trabajar de manera ordenada y también para brindar una mayor oferta gastronómica y cultural, no solo para los vecinos, sino también para que nos visiten”, mencionó el concejal Leonardo Díaz en su defensa, citando las frases de muchos vecinos que lamentan la falta de vida nocturna en la ciudad. Por último, reconoció el edil que algunos bares de la ciudad venían realizando esta actividad fuera de lo permitido y los vecinos habían hecho llegar su reclamo. “Eso nos motivó a generar este marco de regularización”.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por