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  • A 80 años de la sanción del Estatuto del Peón: las protestas de la madre de Perón y de la Sociedad Rural

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 08/10/2024 05:09

    Desde la Secretaría de Trabajo y Previsión, Perón desarrolló una intensa tarea con diversos gremios. También e ocupó de los peones de campo Cuando logró la sanción del Estatuto del Peón, Juan Domingo Perón, por entonces Secretario de Trabajo y Previsión tuvo un reproche inesperado. No fue de ninguna entidad o sector político, sino de su propia madre, Juana Sosa, que tenía campos en Chubut y con gente a cargo. En una carta a su hijo le reclamó: “Si vos creés que yo puedo pagar 150 pesos a los peones, te has vuelto loco”, a lo que su hijo le respondió algo así como que “si no podés pagar, tenés que dejarlos ir a otra parte donde le paguen más. En vez de tener veinte, tené diez, pero pagales”. Esta anécdota, que un Perón anciano relató en una reunión en la CGT en diciembre de 1973, fue cuando relató las alternativas de la sanción del decreto ley que regulaba, por primera vez, el trabajo del peón de campo. “Tenemos que ir al campo, llegar a la peonada”, insistía Perón a sus colaboradores de la Secretaría, consciente de que si quería llegar a la presidencia, debía ganarse a la gente de tierra adentro. Estaba muy interesado en que saliera, más aún cuando prácticamente las normas laborales respecto a los peones, hasta entonces, se referían al pago de salarios en moneda nacional y a los que operaban máquinas agrícolas y que estaban incluidos en el régimen de accidentes de trabajo. Los peones desarrollaban, a lo largo de su vida, un dura tarea, que no era remunerada en su justa medida y carecían de los beneficios laborales elementales (Archivo General de la Nación) Los trabajadores, que vivían miserablemente, estaban sometidos a todo tipo de abusos, tanto en las estancias como en los ingenios azucareros, tabacaleros o en los montes, donde se les pagaba con provisiones o con vales, que solo podían cambiar en almacenes de los patrones. Ante asambleas de trabajadores, Perón sostenía la necesidad de aplicar una amplia reforma para que la gente retornase al campo, que vivía malamente en las ciudades. Que si no se revertía esta situación, sería imposible la vida en las ciudades y que por el juego de la oferta y la demanda, los sueldos descenderían, y que por eso había que encarar una reforma rural. La primera ley para los peones La norma de 29 artículos, elaborada por el equipo legal de la Secretaría, estaba dirigida a los trabajadores rurales permanentes y no a los que se empleaban temporariamente para las cosechas. El Estatuto del Peón vino a llenar un vacío legal en la relación entre el patrón y el trabajador del campo Perón era consciente del cimbronazo que provocaría en los patrones, por eso en su artículo 3° establecía que “el cuadro completo de derechos que el mismo prevé en ningún caso deberá ser interpretado por los beneficiarios o por autoridad alguna en el sentido de crear divergencias o de romper la tradicional armonía que debe ser característica permanente en el desarrollo del trabajo rural”. Las mejoras corrían para los trabajadores entre 18 y 60 años, pero nada decía de los menores de edad que también desempeñaban tareas rurales, y que estaban legalmente desprotegidos. Se fijaba un salario mínimo y una escala que iba de la mano acorde al trabajo a realizar y que, en definitiva, serían dirimidas en una negociación entre obrero y patrón, con la supervisión estatal. Porque el artículo 7° sostenía que la Secretaría de Trabajo y Previsión podía “actualizar, modificar, adicionar, suprimir o refundir los rubros y cifras” incluidas en las tablas salariales. No especificaba la cantidad de horas diarias a trabajar, pero determinaba cómo debían ser los descansos. Se deberían respetar treinta minutos para el desayuno; una hora para el almuerzo durante mayo, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre y tres horas y media para los meses restantes, y por último media hora para la colación de la tarde. El descanso dominical era obligatorio y solo se contemplarían trabajos urgentes y que, si se implementaba una suerte de guardia ese día, se le compensaría al peón con un día libre durante la semana. La Sociedad Rural fue una de las entidades que se opusieron a la norma sancionada en octubre de 1944 El alojamiento debe ser el adecuado, con un espacio de quince metros cúbicos por persona, con muebles personales, manteniendo la higiene y con luz natural, y no podrán adaptarse habitaciones en galpones de trabajo o que estén ocupados por animales. Y si el peón vivía en el campo con la familia, se le daría media hectárea de tierra apta para huerta y cría de animales. Y la casa debería incluir más de un ambiente para los hijos de distintos sexos. Corría por cuenta del peón mantener en condición la vivienda, y deberá blanquear una vez al año las paredes con cal, y entregarla en las mismas condiciones en que la recibió. La comida, abundante, se serviría en comedores, que también cumplirá las funciones de un ámbito de esparcimiento, donde la luz debía permanecer encendida una hora después de terminada la cena. Al peón se le suministraría ropa y calzado adecuado para el trabajo a la intemperie y era preciso realizar el ordeñe bajo techo o tinglado, construcción que correría por cuenta del patrón, quien además debería solventar los gastos médicos y de remedios de sus trabajadores -aunque contemplaba que podía transferir esta responsabilidad a entidades o aseguradoras- y el peón se reservaba la prerrogativa de reclamar la asistencia en caso necesario. Además, el lugar de trabajo debería contar con un botiquín de primeros auxilios. El peón que trabajase por lo menos en forma ininterrumpida durante un año, gozaría de ocho días de vacaciones pagas y no podrían ser despedidos sin causa justa aquellos con más de un año en el trabajo, lo que dejaba desprotegidos a los que no habían cumplido los doce meses. La indemnización por despido será equivalente en medio sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de seis meses. El Estatuto discriminaba los salarios, según la provincia o el territorio. En la imagen, el duro trabajo en los cañaverales (Archivo General de la Nación) Los detalles del estatuto Para el patrón que no cumpliera con alguna de estas disposiciones, podía ser pasible de acciones judiciales, de multas de diez a cinco mil pesos moneda nacional por cada trabajador o en su defecto, arresto de un día a seis meses. Sería la Secretaría de Trabajo y Previsión la que velaría el cumplimiento de este estatuto, con lo que el Estado aparecía en la ecuación entre patrón y peón. La norma iba acompañada de diversas tablas salariales, de acuerdo a las provincias y a los territorios del país, remuneraciones discriminadas según la actividad y la condición de contratación del trabajador. Perón lo defendió a capa y espada. “El estatuto se cumplirá pese a quien pese y cueste a quien cueste”. Dijo que había sido producto de un trabajo hecho a conciencia, viajando por todo el país, comprobando las condiciones laborales de los que trabajaban en el campo, y que venía a solucionar “uno de los problemas más fundamentales de la política social argentina”. Aseguró que si bien la Constitución de 1853 había abolido la esclavitud, era algo figurativo, porque había gente que ganaba de 12 a 30 pesos por mes. “La vergüenza actual es que casi medio millón de hombres estén ganando menos de 40 pesos por mes, mal cobijados, mal vestidos y mal comidos”. El estatuto representaba algo más que subirle el sueldo al trabajador, sino que cambiaba la relación entre el peón y el patrón. Donde desde tiempos inmemoriales el trabajador rural estuvo a la buena de Dios, de pronto aparecía el Estado regulando la actividad. El peón contaría con un aliado, el fuero de la justicia del trabajo, también creado por Perón en 1944. Allí se dirimirían los litigios surgidos en la relación con la patronal. En los comienzos, fue duro para el peón ir al juez, denunciar al patrón y regresar al trabajo, pero no así a la hora de reclamar por un despido arbitrario. ¿Y los patrones? Se hizo escuchar la Sociedad Rural, quien se preguntó si los gobernantes estaban en condiciones de resolver con fundamento técnico y sentido de la oportunidad cuestiones de material social sin escuchar la posición del sector empresario. Una cosa eran los grandes terratenientes y otra los productores que no eran propietarios, nucleados en la Federación Agraria Argentina, y que debían contratar peones. Sostenían que dicha norma atentaba contra los intereses morales, técnicos y económicos de los que trabajaban el campo, que no dejaba de ser una medida demagógica para captar votos y voluntades, que ninguna entidad había sido consultada, que el estatuto solo traería efectos negativos, además de un encarecimiento de la producción y que, en definitiva, debía ser derogada o sustancialmente modificada. Perón sabía los riesgos que corría con estos grupos. Primero, quería tenerlos de su lado porque integraban un significativo grupo de poder al que no se debía descuidar y además lo último que deseaba es que la aplicación del Estatuto trajera aparejados conflictos que afectasen a la producción agrícola ganadera. Por eso, además de señalar que las críticas salían del sector de la oligarquía, aclaró que no se forzaría a nadie a cumplir lo que no estaba en condiciones de hacerlo y que viera cómo, en forma escalonada, podía mejorarle la vida al peón que desea tener una casa y contar con los medios para mantener a su familia. Alentaba a que peones y patrones se pusieran de acuerdo, y que ambos pusieran buena voluntad. Nuevas normas llevaron a la creación, en 1947, de la Federación Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores, que luego sería la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores, la UATRE. El 8 de octubre de 1944 se lo sancionó y diez días más tarde salió publicado en el Boletín Oficial. Durante el primer gobierno peronista se amplió la ley que en 1980 el gobierno militar la reemplazó por un decreto ley y anuló todos los beneficios. Durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner se votaría una nueva. En recuerdo de la sanción del estatuto, hoy se conmemora el día del trabajador rural.

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