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» Diario Cordoba
Fecha: 08/10/2024 01:07
La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado archivar la investigación realizada por el juez Juan Carlos Peinado contra Begoña Gómez, como solicitaba la defensa y la fiscalía, lo que significa que da vía libre a la causa seguida por el titular del Juzgado de Instrucción número 41 en su mayor parte. Solo da la razón a las impugnaciones en lo relativo a Globalia, pesquisas que deja fuera de la instrucción, "en tanto en cuanto no aparezcan hechos verdaderamente nuevos de contenido incriminatorio y valorados en resolución judicial motivada". La Audiencia recuerda que ya el pasado mes de mayo estableció límites a la investigación que dejaban inicialmente fuera del procedimiento el rescate a Air Europa "siempre con la salvedad lógica, dada la fase inicial en que nos encontrábamos de que pudieran aparecer nuevos hechos objetivos y verificables de contenido incriminatorio". Esa resolución calificaba de "meras conjeturas" las pesquisas relativas a esta parte de la causa, pero no incluía sus objeticiones a la investigación en el fallo o dispongo de la resolución, lo que dejaba más margen de maniobra al juez Peinado que la que ahora ha elegido para dejar fuera esa parte. El auto hecho público este lunes afirma que el ministerio público entendió correctamente su resolución del pasado 29 de mayo, que ponía "de manifiesto todo aquello hacia lo que no debía dirigirse el esfuerzo investigador", y, aunque reprocha a Peinado su imprecisión por afirmar que el objeto del procedimiento “son todos los actos, conductas y comportamientos, que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es el presidente del Gobierno", señala que el mandato que se dio en mayo ya determinaba de forma "objetiva, subjetiva y temporal los hechos objeto de investigación". Señala que debe ser "toda aquella actividad desarrollada por la investigada en relación con el despegue de su actividad profesional, en principio, sólo desde la ideación y creación de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva, y en relación con aquellos terceros (personas físicas, empresas o instituciones) que le han dado soporte, financiación, patrocinio, colaboración o ayuda, económica, logística, de formación, o de cualquier otro tipo". No obstante, la Audiencia deja abierta la puerta a ampliar la investigación al apuntar que el caso Begoña Gómez es aún un "proceso vivo", por lo que la fijación del hecho que pretenden tanto la defensa como la fiscalía en este momento "resulta impropia de la fase procesal" actual. Rechaza por lo tanto que pueda hablarse de investigación prospectiva, como argumentaba la defensa de la esposa del presidente del Gobierno, que ejerce el exfiscal y exministro Antonio Camacho. "Prospectiva es la investigación que se inicia de forma indeterminada en búsqueda de posibles conductas delictivas sin una mínima concreción y sospechas fundadas, pero no aquella que partiendo de una conducta racionalmente sospechosa (ejercicio de influencia o promesa de ejercicio para condicionar la toma de decisiones públicas a cambio de ventajas indebidas), inicia una amplia indagación que permita conocer con detalle todas aquellas circunstancias que pueda influir y determinar en su calificación", explica la resolución. Tampoco aprecia la indefensión que argumentaban los recursos, puesto que las partes tienen "puntual conocimiento de todo lo instruido, al estar personadas en la causa, pudiendo instruirse del procedimiento en cualquier momento dado que el secreto que en su momento se declaró fue levantado a escasos días de su declaración". Otros contratos y la cátedra La Audiencia también entra a valorar si la investigación respecto de las adjudicaciones al empresario Juan Carlos Barrabés quedó vacía por la inhibición en favor de la Fiscalía Europea de los contratos firmados por su empresa Innova Next con Red.es. No obstante, apuntan a que el propio Juez Peinado dejó claro que no eran los únicos identificados por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en relación temporal y material con lo investigado, y además existen otros que pueden y deben ser objeto de investigación. Al igual que otras conductas relacionadas con otras empresas y entidades respecto de la "creación, ideación, promoción, implementación y desarrollo de la cátedra y los másteres asociados que deben ser investigados". En cuanto a las querellas por una posible apropiación indebida relacionada con el uso del software de la Universidad Complutense que Gómez registró en una mercantil propia, el tribunal "se atiene a lo que ya manifestaron sus compañeros de otra Sección hace un par de semanas, en el sentido de que el asunto también corresponde por conexidad al juez Peinado", puesto que se trata de los mismos hechos. La Audiencia de Madrid concreta que la UCO señalaba en su informe 99 expedientes de contratación, cuyo importe se cifra en 24.923.443 euros, en los que la mayor parte de las adjudicaciones las consiguió Innova Next, sin que estuvieran financiadas todas ellas por fondos europeos. Los jueces también encuentran "datos objetivos en los que se constataba la intervención personal" de Begoña Gómez en apoyo de las empresas de Barrabés que justifican la investigación, concluyen. De hecho, la Audiencia apunta a que "la llamativa variación, cuantitativa y cualitativa, que experimenta la relación de las empresas del grupo Barrabes con la administración pública en proximidad temporal con la obtención de la Cátedra y despegue de los másters es verdaderamente significativa". Otro dato importante para la Audiencia es la condición de Begoña Gómez, como administradora y socia única de la mercantil Transforma TDC, que constituyó en noviembre de 2023 con un capital social de 3.000 euros. Sobre ella señala, con el carácter meramente indiciario propio de la instrucción, "la existencia no solo de un interés profesional en el ámbito docente, sino también personal en el ámbito empresarial".
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