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  • Condenado a cinco años de prisión por abusar de su sobrina de 11 años en Córdoba

    » Diario Cordoba

    Fecha: 03/10/2024 00:26

    El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena a cinco años y un día de prisión para un hombre acusado en Córdoba de, presuntamente, abusar sexualmente de su sobrina cuando esta tenía 11 años de edad y convivía, junto a sus padres, con el procesado. En este sentido, el alto tribunal andaluz desestima el recurso planteado contra la sentencia dictada por la sección segunda de la Audiencia provincial de Córdoba. El tribunal consideró probado que el encartado abusó de la niña, al menos, en tres ocasiones. Para ello, en la hora de la siesta, "le dejaba el teléfono móvil y cuando se encontraba entretenida (...) comenzaba a acariciarle", llegando a tocar su pecho y su zona genital. Después de esto, se hacía el dormido y la niña aprovechaba ese momento para salir del dormitorio. "No es creíble que se hallara dormido" En su recurso contra el fallo, el encausado alega, junto a otros motivos, que se vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva por falta de motivación y también que se ha producido un error en la valoración de la prueba. Así, indica que la víctima afirmó que los hechos ocurrían cuando el acusado estaba dormido, "de modo que -deduce el recurrente- cabe que actuara inconsciente en estado de sonambulismo", señala el TSJA, que añade que "ni el recurrente precisa el pasaje en el que la víctima vierte tal afirmación, ni en cualquier caso es creíble que el acusado (...) se hallara dormido cuando se dedicaba a acariciarla". Por otra parte, la sentencia del TSJA apunta que la menor reveló los hechos a sus hermanos y que mantiene que estos ocurrieron durante el periodo de convivencia con el procesado. Entre otras cuestiones, el recurso también alega una vulneración del derecho a la presunción de inocencia del encartado, pero el TSJA recuerda que la Audiencia provincial "ha reputado creíble y convincente el testimonio" de la víctima. Asimismo, el alto tribunal reivindica que "queda dentro de lo normal que la joven mantuviese durante años en reserva los tocamientos padecidos (...) tardanza esta observada a menudo, en especial cuando (los abusos) son generados por integrantes de su entorno familiar". Junto a la pena de cárcel, el procesado tiene una prohibición de acercarse a su sobria, a una distancia inferior a 300 metros, durante ocho años. Además, se le han impuesto cinco años de libertad vigilada y tendrá que indemnizarla en la cantidad de 12.000 euros.

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