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  • La AFIP reglamentó el blanqueo laboral: beneficios, fechas para adherir y todos los detalles

    Parana » APF

    Fecha: 27/09/2024 14:30

    La medida se da un día después que el Gobierno formalizara por decreto la reforma laboral. El esquema busca regularizar las relaciones laborales. También ofrece un plan de pagos para saldar las deudas de aportes y contribuciones patronales. viernes 27 de septiembre de 2024 | 14:10hs. La AFIP reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado, que tiene como objetivo regularizar las relaciones laborales mediante un plan de pagos para financiar las deudas por aportes y contribuciones patronales. Lo hizo mediante la resolución 5577, publicada este viernes en el Boletín Oficial. La reglamentación se da un día después que el Gobierno formalizara por decreto la reforma laboral incluida en la Ley Bases. El propósito del régimen es promover la formalización de las relaciones laborales a nivel nacional. “Los empleadores del sector privado que registren a sus trabajadores o rectifiquen la real remuneración o la real fecha de inicio de las relaciones laborales iniciadas con anterioridad al 5 de julio de 2024 y vigentes a la fecha de adhesión, quedarán comprendidos en el Régimen de Promoción del Empleo Registrado”, aclara la AFIP. El plan ofrece un porcentaje de condonación de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social para aquellos empleadores que adhieran al blanqueo laboral. Este porcentaje no puede ser inferior al 70% de las sumas adeudadas. La regularización de las relaciones laborales deberá efectuarse hasta el 24 de diciembre de 2024, inclusive. Blanqueo laboral: qué beneficios tendrán las empresas que registren a sus trabajadores Según estableció la AFIP, los empleadores del sector privado que regularicen a sus trabajadores serán beneficiados por una condonación de la deuda por capital e intereses de los aportes y contribuciones patronales. Este porcentaje no puede ser inferior al 70% de las sumas adeudadas. -Para las micro pymes, la condonación de las deudas por falta de pago de aportes y contribuciones llega al 90%, -Para las empresas medianas, la deuda abarca el 80% para las compañías medianas; -Para el resto de las firmas, la deuda no condonada llega al 70%. -Desde el organismo indican que si el pago de la deuda no condonada se realiza antes del 24 de diciembre de 2024, inclusive, la deuda no condonada se reducirá en un 50% por el pago en efectivo. Además, informó facilidades de pago en cuotas para financiar la deuda: -Micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro: pueden financiar la deuda en hasta 28 cuotas con un pago inicial del 15%. -Medianas empresas: hasta 16 cuotas con un pago inicial del 20%. -Otros empleadores: hasta 12 cuotas con un pago inicial del 25%. La tasa de interés mensual está vinculada a la tasa del Banco Nación para operaciones comerciales. Cómo adherir al blanqueo laboral según la AFIP A efectos de regularizar las relaciones laborales, los empleadores deberán seguir los siguientes pasos: Dar de alta a los trabajadores, o rectificar la fecha de inicio de la relación. Para ello deben acceder con clave fiscal al servicio “Simplificación Registral” y tendrán que indentificarlos con los “Códigos de Modalidades de Contratación”. Incorporar a los trabajadores regularizados y/o las reales remuneraciones en las declaraciones juradas correspondientes al período devengado agosto de 2024 y posteriores. Por los períodos fiscales que se regularicen -período devengado julio de 2024 y/o anteriores- deben presentar las declaraciones juradas. En las últimas dos condiciones, los empleadores deberán utilizar el sistema “Declaración en línea” o “Sistema de Cálculo de las Obligaciones de la Seguridad Social” (Sicoss) en la página de la AFIP. (APFDigital)

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