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  • Flexibilizar contrataciones y abaratar despidos, claves de la reforma laboral

    » La Capital

    Fecha: 27/09/2024 11:14

    El gobierno reglamentó los cambios al régimen de trabajo aprobados en el marco de la ley Bases. Una ofensiva para "deslaboralizar" las relaciones entre patrones y empleados El gobierno de Javier Milei oficializó la reforma laboral que había sido aprobada por el Congreso y que sienta las bases de un sistema de flexibilización laboral que avanza en la demolición del derechos del trabajo. El nuevo texto amplía las causales de despido, aumenta el período de prueba, aligera el pago de indemnizaciones y facilita la contratación de servicios sin registrar empleados. El nuevo marco permite contratar hasta tres empleados sin que esto genere una relación de dependencia. Esto será posible a través de la creación de la figura del “colaborador”. Los trabajadores supuestamente independientes entre sí deberán prestar declaración jurada ante la Afip que pruebe que no hay un vínculo de dependencia. También se elimina el Registro de Sanciones Laborales (Repsal) y se les condona a los empleadores que entren en un plan de pagos las deudas de capital e intereses que mantenía por falta de pago de contribuciones o aportes patronales. Además, se extiende el período de prueba de 6 a 8 meses. En empresas chicas y medianas, podrá ser de hasta un año. Durante este tiempo, el trabajador no guardará una relación de dependencia, tendrá salarios más bajos y no tendrá derecho a cobrar una indemnización en caso de ser despedido. Es más, podrá ser desvinculado sin causa. La creación del fondo de cese laboral optativo, que podrá reemplazar el pago de indemnizaciones a través de la contratación de un servicio privado o un autoseguro, es uno de los puntos centrales de la reforma. La modalidad deberá estar incluida en el convenio del sector y pactarse de mutuo acuerdo entre el empleado y el empleador, sobre la base de tres sistemas: cancelación individual, fondo de cese individua y seguro individual o colectivo. Según un análisis del Instituto de Estudios y Formación (IEF) de la CTA Autónoma, “los sindicatos y las cámaras patronales van a tener la llave para entregar las indemnizaciones por despido que pueden ser reducidas a la nada e incluso ser financiadas con aportes de los trabajadores”. Los especialistas entienden que es un peor régimen para el trabajador que el que rige en la construcción. Esto es así porque “el monto, plazos y modalidades dependerán de la negociación colectiva, sin ninguna garantía mínima”. Por otra parte el trabajador despedido va a cobrar lo que haya en la cuenta bancaria, FCI o fideicomiso. “No hay ningún mecanismo para evitar que estos fondos se licúen con el paso del tiempo”, señala el IEF. La reglamentación prevé que los aportes puedan provenir de empleadores y trabajadores, que financiarán así su propio despido. Matías Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, apuntó que la “rentabilidad y sometimiento son los dos grandes objetivos” de este cambio normativo. En diálogo con el programa La Banda Cambiaria, resaltó que este nuevo avance sobre la ley de contrato de trabajo apunta en el fondo a la “deslaboralización”. Explicó que se trata de ir suprimiendo el derecho laboral. "La ley de contrato de trabajo establece que cualquier prestación de servicio de una persona en favor de otra hace presumir que hay una relación laboral, hay casos en las que puede no haberla, pero normalmente la hay", explicó. Ahora, agregó, se reformó el artículo que hacía presumir una relación laboral y reemplazarla por un concepto propio del derecho civil, por el cual relaciones como las que se expresan monotributo mediante son "entre partes iguales".

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