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  • Piden al Municipio que cumpla con la obligación de informar la nómina de funcionarios políticos

    » Santo Tome al dia

    Fecha: 27/09/2024 01:51

    Por Santotomealdía La agrupación política Futuro y Libertad presentó una nota en la Municipalidad de Santo Tomé solicitando la nómina completa y actualizada de cargos políticos, de personal de planta y de personal contratado. Según explicaron, el pedido se fundamenta en el derecho de acceso a la información pública reconocida por el artículo 19° de la Convención Universal de los Derechos Humanos, el artículo 13° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 19° del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos incorporados a la Constitución Nacional a través del artículo 75°. Además, a nivel local el mencionado derecho está incorporado en en la Ordenanza N° 2634/08 y a nivel provincial en la Ley N° 14256 de Gobernanza de datos y acceso a la información pública. El pedido, en detalle La nota presentada por Futuro y Libertad requiere “la nómina completa de los cargos políticos municipales y del Honorable Concejo Municipal, incluyendo las remuneraciones percibidas por cada uno de ellos”. Según aclaran, la nómina mencionada deberá contener: Nombre completo de la persona que ocupa el cargo. Denominación del cargo político. Funciones y responsabilidades del cargo. Monto total de la remuneración mensual bruta, incluyendo salario básico y cualquier otro tipo de compensación o beneficio económico asociado al cargo. Por otra parte, también piden la nómina completa y actualizada del personal contratado y solicitan que toda la información sea accesible mediante un enlace directo visible y destacado en la página principal del sitio web de la Municipalidad, “tal como lo expresa la Ley Provincial N°14256 en su capítulo VII, art. 53 de Transparencia activa”. Finalmente, aclaran que “el presente pedido fue realizado ante el Concejo nota N° 6008 de fecha 20 de mayo de 2024, sin respuesta alguna, al igual que otras iniciativas y pedidos presentados, los cuales sospechosamente tampoco han tenido respuesta ni tratamiento”. “En virtud del artículo 8 de la Ordenanza municipal N°02634/08, se solicita una respuesta en el plazo máximo de quince (15) días hábiles administrativos”, finaliza la nota.

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