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  • Uno a uno los beneficios que otorgará la Municipalidad de Crespo a las nuevas radicaciones en el Distrito Comercial Norte

    Crespo » Estacion Plus

    Fecha: 26/09/2024 22:04

    El Concejo Deliberante aprobó el Régimen Municipal de Promoción y Desarrollo Comercial girado por el Ejecutivo. Actualmente alcanzará a quienes se instalen en el Centro Comercial a Cielo Abierto. En la reciente sesión ordinaria, se aprobó la Ordenanza que establece importantes exenciones a las futuras radicaciones comerciales que se establezcan en el sector rezonificado, comprendido por los límites: Ruta 12, acceso Pte. Alfonsín, Alemanes del Volga y hasta la extensión de dos matrículas inmuebles. En dicha superficie, el 8 de octubre se inaugurará el Centro Comercial a Cielo Abierto de Crespo. Quiénes serán beneficiarios FM Estación Plus Crespo accedió a la normativa sancionada, que determina que podrán ser beneficiarias las personas físicas (particulares) ó jurídicas (empresas, asociaciones), siempre que inicien una actividad comercial, considerándose como tal el establecimiento y puesta en funcionamiento de un local en ese sector. Quedan excluidos, aquellos que amplíen un local comercial ya existente. Requisitos - Radicarse en la zona “Comercial Norte” -y/o en las que en un futuro se puedan crear-. - Las personas físicas estar domiciliadas en el país y las jurídicas, haber sido constituidas en la República Argentina conforme a sus leyes. - No registrar deudas fiscales, sociales o administrativas con la Municipalidad de Crespo. - Cumplimentar la normativa de preservación y protección del medioambiente -que determina la reglamentación-. - Desarrollar una actividad comercial contemplada en el nomenclador de actividades económicas fijadas por ordenanza para ese espacio rezonificado. Exenciones para quienes compren salones comerciales Se facultó al Ejecutivo a eximir de los siguientes tributos, a quienes se constituyan como propietarios de inmueble y sean titulares de la actividad comercial a desarrollar en dicha zona: - Tasa General Inmobiliaria - Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad - Tasa por instalaciones electromecánicas - Tasa por actuación administrativa - Fondo de promoción de comunidad y turismo Exenciones para quienes alquilen salones comerciales Exención de los siguientes tributos a los titulares de la actividad comercial a desarrollar en la nueva zona: - Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad - Tasa por instalaciones electromecánicas - Tasa por actuación administrativa - Fondo de promoción de comunidad y turismo Graduación del beneficio El beneficio de exención se otorgará a partir de la fecha de la Habilitación Comercial Municipal y por el plazo de 10 años, operando de la siguiente manera: - Durante los 5 primeros años (desde otorgado el beneficio): 100% de exención - En el sexto año: 80% de exención - En el séptimo año: 70% de exención - En el octavo año: 60% de exención - En el noveno año: 30% de exención - En el décimo año: 10% de exención Cómo tramitar el beneficio Las exenciones previstas no serán automáticas, sino que deberán ser solicitadas por los interesados, mediante nota dirigida a la Secretaría de Economía, Hacienda y Producción. Entérate del proyecto del Centro Comercial a Cielo Abierto (CCAA) en esta entrevista con su desarrollador, Contador Fernando Huck:

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