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  • ANMAT prohibió el uso y la comercialización de un jabón líquido

    » Radio Sudamericana

    Fecha: 24/09/2024 15:23

    Martes 24 de Septiembre de 2024 - Actualizada a las: 10:37hs. del 24-09-2024 BOLETÍN OFICIAL Se trata de un jabón líquido comercializado por plataformas digitales. Según las autoridades, el producto no se encontraba inscripto en la administración. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un jabón blanco líquido que se encuentra en plataformas de ventas digitales. La Disposición 8618/2024 se hizo efectiva luego de su publicación en el Boletín Oficial. En detalle, se trata del producto de la marca "Más Vida", cuya leyenda específica: "hipoalergénico, ecológico, sin parabenos ni conservantes. Apto para lavarropas automático y lavado a mano". El organismo prohibió su "uso, comercialización, publicidad y distribución" luego de verificar que el artículo "no se encuentra inscripto ante la ANMAT". El producto prohibido por la ANMAT La decisión del organismo nacional se hizo oficial luego de ser publicada en el Boletín Oficial de la fecha. Según detalló el ANMAT, el jabón líquido de la marca "Más Vida" no se encuentra "inscripto ante la ANMAT" y, además, su rótulo "no cuenta con datos identificatorios del establecimiento responsable habilitado por administración”. Inicialmente, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud había recibido una denuncia por la legitimidad del producto. Luego de constatar su falta de validez, la administración dispuso su prohibición en todo el país. El producto era comercializado sobre todo a través de plataformas digitales. Debido a esto, los links para la comercialización del jabón fueron remitidos a la Coordinación del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria de esta Administración para su intervención, por lo que ya no se podrá acceder al producto. En la disposición oficial, el organismo argumentó la decisión de prohibir su "uso, comercialización, publicidad y distribución" en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica. “A fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconocen las condiciones de manufactura, y considerando que los establecimientos y productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para que los productos puedan ser comercializados", detalló la administración. ANMAT prohibió un gel repelente de insectos En las últimas semanas, y con las campañas contra el dengue intensificándose, la ANMAT prohibió el "uso, comercialización, publicación y distribución" de un gel repelente de insectos. La medida fue determinada a través de la Disposición 7727/2024 publicada en el Boletín Oficial y rige en todo el territorio nacional. El organismo dependiente del Ministerio de Salud prohibió el producto “Gel repelente de insectos, marca Kaen 1000, elaborado y fraccionado por Rodriflor S.A. Arenales 333, Ramos Mejía, pcia de Buenos Aires, Argentina R.P.E. 1136”. A raíz de las consultas recibidas en el Sistema de Cosmetovigilancia en relación con el repelente, se consultó en la base de datos del organismo e iniciaron las actuaciones correspondientes debido a que no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan. En el rotulado del producto, figuraba la firma de la empresa Rodiflor S.A, por lo que se realizó una inspección de verificación y pudo comprobarse que personal de la firma se encontraba en el proceso de etiquetado y codificado del gel repelente de insectos. Ante esto, las autoridades solicitaron los documentos correspondientes, pero la persona encargada de la tarea manifestó carecer de los, por lo que la administración decidió la "inhibición de la comercialización y destrucción de las unidades del producto por carecer de inscripción sanitaria ante la ANMAT". En consecuencia, por tratarse de un repelente que carece de su respectiva inscripción sanitaria que fue elaborado en un establecimiento que no cuenta con registros de producción y control de calidad de cada lote, no resulta posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación. A consecuencia de esto, a fin de proteger a eventuales usuarios del artículo involucrado.

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