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  • Reconocido abogado rechazó críticas al proyecto de reforma del CPP y llamó a debatirlo

    Parana » APF

    Fecha: 23/09/2024 18:30

    José Velázquez, abogado del foro local y secretario del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología (IDPPC) del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER), afirmó la necesidad de reformar el Código Procesal Penal (CPP) de la provincia y se sorprendió del tenor de algunas críticas que se expresaron en medios de comunicación. Sostuvo que la reforma "obedece a la importancia de volver a parámetros racionales y a la confianza en la ley como vehículo legitimo para resolver conflictos". lunes 23 de septiembre de 2024 | 18:17hs. José Velázquez, abogado del foro local y secretario del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología (IDPPC) del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER), sostuvo que es necesario reformar el Código Procesal Penal (CPP) de la provincia y se sorprendió del tenor de algunas críticas que se expresaron en medios de comunicación. Sostuvo que “solo la aplicación de la ley nos garantiza concluir en una verdad forense”, y que “la historia ha demostrado que, a menor garantías, menor estado de derecho las consecuencias han sido irreparables". Cuando en el Senado se comenzó a debatir en comisiones el proyecto que pretende modificar el Código Procesal Penal (CPP) de Entre Ríos y cuando ya dieron su opinión funcionarios del gobierno como el secretario de Justicia, Martín Acevedo Miño, y se espera la concurrencia de Jorge García y Maximiliano Benítez, procurador general y defensor general de la provincia, respectivamente, comenzaron a escucharse voces que pusieron un manto de sospecha sobre el proyecto y otras que entienden la necesidad del debate de ideas para avanzar y mejorar. José Raúl Velázquez, abogado del foro local y secretario del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología (IDPPC) del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER), manifestó que “todos los miembros del IDPPC entendemos que es necesaria la reforma del CPP y claramente nos debemos un debate sincero en pos de mejorar nuestras instituciones, esto no se trata de recurrir a slogans ni a argumentos emotivos o afectivos”. El letrado, que ha participado en importantes causas a nivel local y nacional, sentó que “solo la aplicación de la ley nos garantiza concluir en una verdad forense”, y añadió que “ya la historia ha demostrado que, a menor garantías, menor estado de derecho las consecuencias han sido irreparables”. Parámetros Velázquez opinó: “Nos merecemos un debate serio, tuvimos una excelente Ley 9.754 que instauró el proceso penal acusatorio que lamentablemente luego fue desmantelada con la 10.317. La necesidad de esta reforma obedece a la importancia de volver a parámetros racionales y a la confianza en la ley como vehículo legitimo para resolver conflictos sociales en el que, la administración de justica interviene como ultima razón, ya cuando el resto de las vallas de contención sociales desde la familia, amistad, el estado, etcétera, han fallado, allí, interviene el derecho penal. No le pidamos al Derecho Penal que haga política ni que sea la única y eficiente mulla de contención al delito”. Sorpresa Ante un escenario político judicial complejo en el que muchos operadores del Derecho intentan optimizar y mejorar el servicio de Justicia, Velázquez se mostró sorprendido por las manifestaciones que realizó a medios de comunicación la destituida procuradora general adjunta y fiscal anticorrupción, Cecilia Goyeneche. En este sentido, el letrado expresó: “Por eso sorprende las manifestaciones de la ex Fiscal Adjunta Cecilia Goyeneche destituida por mal desempeño en sus funciones, que viene a tender un manto de sospecha –como lo viene haciendo desde que fue destituida- sobre los procesos judiciales y la magistratura. Nadie está pensando en garantizar la impunidad de nadie”. Carga Velázquez opinó: “En lo personal, hay puntos destacables que permiten una mejora sustancial del procedimiento penal, entre ellos la necesidad de llevar certidumbre y orden a la garantía del plazo razonable. Esto no se trata de impunidad, sino más bien, de previsibilidad para la sociedad, la víctima y el imputado”. También recordó que “ya la misma CSJN en ‘Nuñez’ sostuvo que el retardo o la demora del proceso no es una carga que debe soportar el imputado. Este, tiene la garantía constitucional de ser juzgado en un plazo razonable para dar respuesta tanto a la ley como a la sociedad. No se puede estar años investigando o persiguiendo a un ciudadano o ciudadana. Esto le quita un daño extra a la situación del imputado y satisface el fin del proceso penal que es dar cuenta a la sociedad del desarrollo y cierre de un proceso judicial, en otras palabras, siempre es necesario aclarar el estado de sospecha que importa la acusación de haber cometido un delito, mediante una sentencia que establezca, de una vez y para siempre, su situación frente a la ley penal y la misma sociedad”. Hollywood El letrado ironizó al cuestionar que “algunos operadores del Derecho Penal ven muchas películas de Hollywood donde se hace justicia sin ley. En la realidad y con el Estado -quien tiene el monopolio de la violencia-, solo el respeto de la ley nos permite continuamente acercarnos a la idea de justicia, una justicia en concreto, como un proceso de aprendizaje social acerca de cómo resolvemos nuestros conflictos”. Añadió que “además, tampoco entiendo la preocupación o de qué forma podría perjudicar la normativización de los plazos a la investigación penal, si para los casos comunes se establece un año de plazo prorrogable por seis meses, más la intimación que hiciere el juez de garantías por el plazo de cinco días”. El quid de la cuestión En aquella línea argumental expresó que “en el caso de causas complejas se duplican los plazos. Pero, por si fuera poco, además, en la misma normativa se regula la suspensión de estos plazos en varios casos, y lo más importante, es que se suspende mientras se tramiten los recursos con efecto suspensivo. Por ende, aquellos investigados por la justicia no pueden cargar con la ineficacia de la investigación penal, investigación penal que sigue viva”. Velázquez entendió que “en esta misma sintonía, también el Ministerio Público Fiscal (MPF) tiene tres meses desde la apertura de la investigación para imputar el delito, prorrogable por tres meses más, este hecho es un gran cierto de la propuesta, porque acá te abren causa y como no encuentran elementos quedan abiertas sin resolverse la situación, quedando en una suerte de limbo de incertidumbre ante la ley y la sociedad y la consecuente estigmatización de la persona imputada”. Aporte “Otro gran aporte es la regulación de la declaración testimonial de niños, niñas y adolescente, y personas que padecen de una disminución en su capacidad mental o intelectual, lo que permite normativizar y garantizar el derecho de ser oído a las victimas conforme a los tratados internacionales” destacó Velázquez del proyecto atacado en los medios mientras se lo discute en comisión ante la sociedad. Finalmente el letrado también destacó que “otro punto, determinante es que de una buena vez se propone regular lo referido a competencia y jurisdicción, el recurso de impugnación extraordinaria, mediación penal, la producción de evidencia, entre ellas la genética, requisa personal y vehicular”. (APFDigital)

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