23/09/2024 17:19
23/09/2024 17:18
23/09/2024 17:18
23/09/2024 17:18
23/09/2024 17:17
23/09/2024 17:16
23/09/2024 17:16
23/09/2024 17:13
23/09/2024 17:13
23/09/2024 17:11
Parana » APF
Fecha: 23/09/2024 14:30
Durante los meses de agosto y septiembre, a través de la resolución 234/24, se establecieron 60 días de plazo para tomar conocimiento y adecuar los sistemas informáticos de las empresas a las nuevas prácticas. Por tanto, a partir de octubre entran en vigencia los cambios establecidos para los agentes de retención, dispuestos en la resolución 208/24 ATER (en julio pasado). La medida armoniza la normativa con los regímenes tributarios de otras jurisdicciones a partir del reordenamiento normativo, corrigiendo situaciones de saldos a favor. También, adecúa algunas alícuotas vigentes disminuyendo paulatinamente la presión fiscal. Por otra parte, facilita y simplifica la actuación de los agentes de Retención y Percepción a partir de la publicación mensual en la web de la ater (www.ater.gob.ar), de un padrón con las alícuotas aplicables a cada contribuyente. A su vez, desde agosto se dispuso la publicación mensual del monto mínimo no sujeto a retención. (APFDigital)
Ver noticia original