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  • Entre Ríos, Argentina

  • Indemnizan a un teniente del Ejército por un accidente durante un ejercicio militar

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 19/09/2024 23:35

    El Juzgado de Conciliación y Trabajo de 5ª Nominación de la ciudad de Córdoba resolvió favorablemente la demanda interpuesta por un teniente del Ejército Argentino contra Provincia ART, a raíz de un accidente laboral que sufrió el demandante durante un ejercicio militar. El incidente, ocurrió el 4 de octubre de 2023 en la localidad de Malargüe, Mendoza, cuando el militar participaba en una operación de exploración en montaña. Al cruzar un río utilizando una tirolesa, la roldana del mecanismo se trabó, obligando al actor a impulsarlo manualmente. Durante esta maniobra, su dedo índice derecho quedó atrapado, lo que le causó una grave lesión que resultó en la fractura de la tercera falange y otras secuelas. El actor recibió atención médica inmediata en el hospital de Malargüe, donde le diagnosticaron una herida por aplastamiento y fractura. Luego fue trasladado a San Rafael para recibir tratamiento traumatológico, y más tarde al hospital militar de Córdoba y al Sanatorio Salvador, este último prestador médico de la aseguradora Provincia ART. A pesar de la gravedad de las lesiones, su reclamo fue rechazado en la etapa administrativa, lo que motivó que acudiera a la vía judicial. El juez Santiago Moreno Douglas Price, al evaluar las pruebas, determinó que el accidente ocurrió en el marco de una operación militar que el teniente realizaba bajo las órdenes y supervisión de sus superiores. Los testigos presenciales, incluidos miembros de su unidad, describieron de manera coherente y detallada las circunstancias del accidente, confirmando que el actor participaba en un cruce de río mediante una tirolesa cuando el mecanismo se bloqueó. Uno de los testigos, un oficial superior del actor, observó el accidente directamente a través de lentes de visión nocturna, describiendo la severidad de la lesión: el dedo del teniente quedó gravemente dañado, prácticamente colgando de la piel, lo que fue corroborado por otros testigos. El magistrado consideró que las declaraciones de los testigos, junto con las pruebas documentales y médicas, confirmaban de manera clara que el accidente había ocurrido durante el ejercicio de las labores militares del actor. Por lo tanto, el incidente encuadraba dentro de las previsiones del artículo 6 de la ley 24557 de Riesgos del Trabajo (LRT), que contempla la cobertura de accidentes laborales. El juez también rechazó la defensa de Provincia ART, que argumentaba que no estaba obligada a cubrir el siniestro debido a que el actor pertenecía a las Fuerzas Armadas, una entidad que, según la aseguradora, no estaba cubierta por su póliza. Fundamentación

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