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  • Aumentan valores para serde vicios adicionales de la Policía de Córdoba

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 19/09/2024 23:30

    Rigen para el período de octubre a diciembre de 2024, para las categorías A, B, E y J, y para las nuevas Categorías con Plus AP, BP y JP, para la prestación de servicios de seguridad y vigilancia Ministerio de Seguridad de la Provincia de Córdoba Resolución N° 599 Córdoba, 17 de septiembre de 2024 VISTO: el Expediente Digital N° 0184-069109/2024. Y CONSIDERANDO: Que atento a las constancias de autos, surge la necesidad de incrementar los valores correspondientes a las tasas o servicios Adicionales Policiales, para las categorías A, B, E y J y para las nuevas Categorías con Plus AP, BP y JP, para la prestación de servicios de seguridad y vigilancia. Que obra incorporada la Resolución Ministerial N° 2024/MS-00000328, que estableció los nuevos valores para el periodo julio/2024 a septiembre/2024, tomando como base el ultimo Índice publicado de Bienes y Servicios para el Factor Mano de Obra, Rama de Actividad Sector Público Provincial, elaborado por la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia. Que, en ese sentido, a la fecha corresponde reflejar el aumento ocurrido en el período julio/2024 -último mes publicado por la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia- y, abril/2024 -último índice establecido por el resolutorio mencionado precedentemente-. Por ello y en uso de sus atribuciones; EL MINISTRO DE SEGURIDAD RESUELVE: Artículo 1°.- FÍJANSE los valores para las Unidades de Servicio Adicional de Policía, para el periodo octubre/2024 a diciembre/2024; de acuerdo al siguiente detalle: CATEGORIA VALOR JULIO / INDICE VALOR OCTUBRE / SEPTIEMBRE ACTUALIZACIÓN DICIEMBRE A 28.444,53 1,20 34.133,44 AP 32.221,55 1,20 38.665,86 B 32.221,55 1,20 38.665,86 BP 35.546,92 1,20 42.656,30 J 33.307,39 1,20 39.968,87 JP 37.714,89 1,20 45.257,87 E 20.183,85 1,20 24.220,62 Artículo 2°.- DISPÓNESE que los montos fijados en el Artículo anterior del presente acto serán actualizados con frecuencia trimestral por la Subsecretaría de Recursos para la Seguridad de este Ministerio, de acuerdo a la evolución del “Factor Mano de Obra, Rama de Actividad Sector Público Provincial” del Índice de Bienes y Servicios, publicado por la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia. Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. FDO.: JUAN PABLO QUINTEROS, MINISTRO DE SEGURIDAD N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 189 del 19 de septiembre de 2024.

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