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  • Ortigoza complicado: se conocieron videos agrediendo a su ex pareja y San Lorenzo exige su renuncia

    » El Ciudadano

    Fecha: 19/09/2024 16:01

    En el primero de los videos se puede observar cómo el ex mediocampista le tira el celular de un manotazo, mientras que en la otra grabación ella le dice “callate que está el nene” y luego él le tira un pelotazo. Inmediatamente después de que salieran a la luz, el club emitió un comunicado Este jueves por la mañana salieron a la luz videos del ex futbolista e ídolo de San Lorenzo, Néstor Ortigoza, en los que se lo ve atacando a su ex pareja. En el primero de los videos se puede observar cómo el ex mediocampista le tira el celular de un manotazo, mientras que en la otra grabación ella le dice “callate que está el nene” y luego él le tira un pelotazo. Ortigoza, vocal y ex manager de San Lorenzo, y su ex mujer se denunciaron mutuamente en una causa que investiga la fiscal Lorena González, de la UFI N°3 de Género descentralizada de Ezeiza. Inmediatamente después de que se filtraran los videos, San Lorenzo emitió un comunicado en el que pide la renuncia de Ortigoza “porque su accionar no representa los valores por los que vela nuestra institución”. COMUNICADO OFICIAL A raíz de los hechos de público conocimiento que lo vinculan con situaciones de violencia por razones de género, el bloque oficialista mayoritario de la Comisión Directiva de San Lorenzo decide exigirle al vocal titular Néstor Ezequiel Ortigoza que presente su… pic.twitter.com/avrztoRWBM — San Lorenzo (@SanLorenzo) September 19, 2024 “A raíz de los hechos de público conocimiento que lo vinculan con situaciones de violencia por razones de género, el bloque oficialista mayoritario de la Comisión Directiva de San Lorenzo decide exigirle al vocal titular Néstor Ezequiel Ortigoza que presente su renuncia al cargo porque su accionar no representa los valores por los que vela nuestra institución”, reza parte del comunicado. El escrito, publicado en las redes sociales del club de Boedo, continúa: “El club ha tenido en cuenta los derechos y obligaciones incorporados en nuestra Constitución Nacional, en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, como la Convención Belem Do Para, y especialmente en el art. 7 inc. e) de la Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres (N° 26.485), el cual incentiva a la cooperación y participación de las entidades privadas y los actores públicos no estatales en la lucha para erradicar la violencia de género, el propio protocolo que ampara a nuestra institución en este sentido y con la asistencia de la Subcomisión de Género y Diversidad”.

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