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  • Diputado peronista propone que abril sea declarado por ley el Mes de la prevención contra el maltrato animal

    Parana » APF

    Fecha: 18/09/2024 20:30

    El proyecto propone que se declare en mes de abril de cada año como “Mes de la Prevención contra el Maltrato Animal”. El Ministerio de Educación dispondrá la realización de charlas, jornadas, talleres de concientización sobre el Maltrato Animal en todos los establecimientos educativos bajo su jurisdicción. Deberá incorporar la temática en forma transversal a todas las materias conexas mediante capacitaciones específicas de formación docente continua. miércoles 18 de septiembre de 2024 | 19:36hs. Foto ilustrativa El proyecto de ley ingresó a la Cámara de Diputados de la provincia de Entre Ríos el martes 17. Propone que se sancione con fuerza de ley el proyecto que establecerá “en la Provincia de Entre Ríos el ‘Mes de la Prevención contra el Maltrato Animal’ en el mes de abril de cada año”. También propone que “a través del Ministerio de Educación se arbitrarán los medios necesarios para la realización de charlas, jornadas, talleres de concientización sobre el Maltrato Animal en todos los establecimientos educativos bajo su jurisdicción, debiendo incorporar la temática en forma transversal a todas las materias conexas al mismo, debiendo realizar capacitaciones específicas de formación docente continua y en servicio, otorgando el puntaje correspondiente para su reconocimiento”. Hábitos El autor del proyecto es el diputado Enrique Tomás Cresto, del bloque Unión por la Patria-Más para Entre Ríos. En los fundamentos sostuvo que “educar a los niños y a los jóvenes en el cuidado de los animales va más allá de crear hábitos de responsabilidad. A través de los animales y de su cuidado, niños y adolescentes, y en general todos los seres humanos, pueden aprender valores como la amabilidad, la compasión, el respeto, la afectividad, el amor, la incondicionalidad, la paciencia, la consideración y la bondad”. Orangutana Sandra Cresto citó el fallo “Orangutana Sandra s/ recurso de casación s/ habeas corpus de 2014, que sentó un precedente en la jurisprudencia argentina en relación a la protección de los derechos de los animales y su consideración como sujetos de derecho ya que en el año 2014, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal concedió el hábeas corpus a favor de la orangután en virtud de ‘una interpretación dinámica y no estática por la cual es menester reconocer al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos’” . También aportó que ·en Entre Ríos un fallo de Concordia, del 2022 dictado por el juez de Garantías, Germán Dri, ubicó a los animales como sujetos de derechos en el marco de una causa penal”. También refirió que “en Paraná, en el año 2023 la jueza de Garantías Nº de 3 de Paraná, María Gabriela Garbarino, reconoció a un perro, llamado Mateo, como ‘víctima’ y ‘sujeto a derecho’. Fue al admitir su representación legal y hacer lugar al pedido de la Fundación “Mi Reino Por Un Caballo”, en el marco del legajo 209466 “G. C. S. S/ Infracción a la Ley 14.346 de protección animal”, a partir del cual se investigan delitos de crueldad perpetrados en su contra”. El legislador opositor refirió que “en julio de 2024, el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Mauricio Mayer, aprobó los alcances del acuerdo logrado entre las partes en un juicio abreviado, y condenó a un hombre de 42 años (CSG), a la pena de siete meses de prisión de cumplimiento efectivo la que deberá ejecutarse en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná, por haberle propinado numerosos golpes con una botella y luego con una piedra de gran tamaño a un perro (Mateo), que se encontraba durmiendo en calle Echagüe, de Paraná, produciéndole lesiones y cortes”. Trato digno Cresto entendió que “para asegurar un trato digno a los animales se requieren estrategias educativas, desde el nivel básico, que promuevan valores como el respeto y la solidaridad. Además de vigilar el cumplimiento estricto de la Ley de Protección Animal, la educación sustentada en valores es fundamental e imprescindible para erradicar, por ejemplo, mitos sobre los efectos de la esterilización de perros y costumbres negativas que tienden a la crueldad”. Empatía El legislador entendió que “además, desarrollan hábitos empáticos con los seres que dependen casi que exclusivamente del ser humano, como los animales de compañía y los animales domésticos. La empatía es un valor y una habilidad fundamental para crear adultos capaces de relacionarse sanamente con otros: personas conscientes de sus sentimientos y de los de los demás, que entienden que existen diferentes formas de ser, pensar y actuar, y que pueden solucionar los conflictos sin manifestar posturas agresivas o hirientes hacia el otro”. Cresto argumentó que “al enseñar a los niños que los animales son seres con necesidades y con capacidad de sentir dolor, se combate desde la primera infancia el maltrato animal, creando ciudadanos más conscientes del dolor y el sufrimiento y más conectados con el medio ambiente en general. La incorporación, en 1994, de los derechos de tercera generación a nuestra Constitución Nacional a través del artículo 41, que establece que ‘todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo’”. Tras referir a legislación nacional e internacional de cuidado del medio ambiente y contra el maltrato animal, Cresto recordó que “en el año 2003 la Sociedad Mundial para la Protección Animal, propuso la ‘Declaración Universal sobre Bienestar Animal’ (DUBA), una propuesta de acuerdo intergubernamental que persigue la aprobación de la Organización de las Naciones Unidas con la finalidad de reconocer que los animales son seres capaces de sentir y sufrir, y promueve su bienestar, su respeto y la finalización de los actos de crueldad hacia ellos”. A modo de ejemplo mencionó “países tales como Uruguay, Colombia, Perú, México, Reino Unido, Alemania, Suiza, Francia, Estados Unidos, entre otros, en los que el maltrato animal se encuentra penado, tanto con penas de prisión como así también con multas de hasta 30 mil euros, como en el caso de la legislación francesa”. (APFDigital)

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