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  • El Estado deberá asistir a una joven externalizada de un hogar

    » El litoral Corrientes

    Fecha: 17/09/2024 18:59

    La defensora de Pobres y Ausentes Nº 2 de Corrientes, doctora Nora Rosana Maciel, impulsó una petición -y logró que el juez de Familia, Niñez y Adolescencia N° 5, doctor Edgardo Frutos le hiciera lugar- para que el Estado provincial atienda la situación de pobreza y vulnerabilidad de una joven recientemente externalizada del Hogar María Nazareth y su hijo, aún hoy en el Hogar Tía Amanda. En representación de F. C. A., de 16 años, y su hijo de un año y con el fin de proteger integralmente a ambos en cuanto niños, niñas o adolescentes, la doctora Maciel cuestionó que una vez que culminó definitivamente la institucionalización de la joven, la Dirección de Protección de la Niñez y Adolescencia (Dipna) no contempló que la situación de pobreza que pesa sobre su núcleo familiar terminaría por separarlos. "La Dipna debía trazar un plan de acción para ambos. Es decir desarrollar plan de fortalecimiento familiar, acondicionamiento de la vivienda familiar, trabajar las cuestiones educativas de la familia para que tanto F... .como su hijo retornen a sus vidas. (...) Urgió la salida de F... del hogar sin considerar transporte y provisión de tarjeta Sube sin costo para que pueda ver a su hijo en el Tía Amanda diariamente como le notificaron que debía hacerlo y concurrir a la escuela de Plan fines", dice la defensora en su presentación. Y puntualiza luego que "exigirle a quienes viven abandonados de las políticas públicas de bienestar que remen por su propia cuenta y que salgan adelante como puedan (..) constituye una falacia y una inhumanidad que atenta contra las directivas de la propia Convención de los Derechos del Niño" Ante este planteo, el juez Frutos ordenó al Ministerio de Desarrollo Social que brinde a la familia de F.. una cocina, una heladera, un calefón, dos camas y una cuna con sus respectivos colchones, sábanas, frazadas, un ventilador y, entre otros elementos, módulos alimentarios por al menos seis meses, e hizo lo propio con la Municipalidad de Capital y el Ministerio de Salud de la Provincia. A la primera le exige que mitigue la situación de vulnerabilidad social, habitacional y ambiental de la barriada en la que viven (basurales, aguas servidas, etc.). A la cartera sanitaria, en tanto, la conmina a otorgar turnos para que la madre de la adolescente y abuela del niño, inicie un tratamiento psicoterapéutico. Según la Resolución 190, del pasado 12 de septiembre, el doctor Frutos hace saber también al Ministerio de Justicia de la Provincia -del que depende la DIPNA- que en el lapso de diez días deje sin efecto la medida cautelar dictada en 2022 y que disponga el egreso del niño del Hogar Tía Amanda para que viva con su madre

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