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  • Bordet tomó el reclamo de los intendentes ante la prohibición del cobro de tasas en facturas de energía

    Concordia » Diario Rio Uruguay

    Fecha: 13/09/2024 00:07

    Agrandar imagen Gustavo Bordet, diputado nacional por la provincia de Entre Ríos El diputado considera que la norma es "inconstitucional, violatoria de las autonomías provinciales y municipales" y aseguró que "esta medida atenta contra las autonomías municipales y puede poner en riesgo servicios esenciales, como el alumbrado público", expresó hoy el diputado nacional Gustavo Bordet. Además, solicita a los gobernadores que convoquen a los Entes Reguladores y a las autoridades municipales de sus respectivas provincias, para acordar las cargas impositivas sobre los servicios públicos, de los distintos niveles de gobierno. "La resolución ha generado enorme incertidumbre en los gobiernos municipales en función de que no han quedado claros sus alcances, pero advierte sanciones", señaló Bordet, quien está recibiendo las inquietudes intendentes entrerrianos. "Las tasas, a diferencia de los impuestos, suponen una contraprestación de un servicio. Es decir, en el caso del agua potable, un vecino paga una tasa por el agua, y en su domicilio tiene agua. Esa es la contraprestación. En el caso de la energía eléctrica, la tasa que un municipio cobra por el alumbrado público está relacionada con el costo que paga el municipio para iluminar las ciudades, las comunas o los pueblos", explicó. Es en ese marco, que Bordet se refirió a una publicación del Ministro de Economía Luis Caputo en sus redes sociales, donde se refiere especialmente a las “facturas de luz”, adjuntando una copia de un servicio de una cooperativa que presta el servicio eléctrico en un municipio de la Provincia de Buenos Aires. Para el ex gobernador, "la regulación del servicio de distribución de energía en Entre Ríos es jurisdicción provincial, y que no corresponde una regulación de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación", remarcó Bordet. También recordó que la Constitución Nacional establece un sistema federal desde su origen, y después de la reforma constitucional de 1994, incluye el Estado Federal, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, y asegura la autonomía municipal en distintos aspectos: uno es el financiero, lo que significa la posibilidad de percibir tasas y contribuciones o lo que técnicamente se denominan impuestos. "En Entre Ríos, durante mi gobernación dispuse la suspensión de los impuestos provinciales sobre las tarifas de energía. La actual administración provincial ha sostenido esa suspensión", señaló. También invité a los municipios a reducir la carga impositiva que perciben en las facturas de energía eléctrica, respetando las autonomías. "Si en algunas Provincias o en algunos municipios existen excesos, se deberán corregir por acuerdos entre las jurisdicciones, y no mediante una Resolución de un organismo nacional, que desfinanciaría a los municipios, que es inconstitucional y de imposible aplicación", puntualizó Bordet.

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