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  • SENADORA PATRICIA DIAZ: PROYECTO DE DEROGACION DE LA LEY CASTRILLON

    Parana » ER 24

    Fecha: 06/09/2024 00:51

    SENADORA PATRICIA DIAZ: PROYECTO DE DEROGACION DE LA LEY CASTRILLON El presente proyecto pretende dejar atrás una norma que desde hace mas de 20 años recoge criticas de todos los sectores de la política. La iniciativa que deroga lisa y llanamente la norma pretende que los PARTIDOS POLITICOS recuperen el protagonismo que la CONSTITUCION le otorga en el articulo 29, adecuando sus cartas orgánicas y propone discutir la nueva legislación electoral con el proyecto derogado. – Este proyecto busca que las listas vuelvan a ser fruto de la vida partidaria, asegurando el cumplimiento de los principios constitucionales en la materia, pero fundamentalmente democratizando el debate y logrando candidatos que surjan de elecciones y no se acuerdos de cupulas: El texto completo: FUNDAMENTOS: Que voy a solicitar a mis pares el acompañamiento en el presente proyecto de ley por los fundamentos que a continuación voy a desarrollar con el ánimo de debatir una reforma política sin condicionamientos y marcando el rechazo a normas que atenten contra los partidos políticos, la independencia de poderes y la salud del sistema representativo de gobierno. – Que desde hace muchos años todos los actores políticos han coincidido en la necesidad de avanzar en una reforma del sistema electoral que permita corregir los problemas que ha traído el SISTEMA ELECTORAL de INTERNAS ABIERTAS Y SIMULTANEAS (luego OBLIGATORIAS), perjudicando de manera directa la vida interna del partido y la propia representatividad de los mismos. – Que para referirnos a los partidos políticos debemos hacer un poco de historia, y debemos separar lo que es antes y después de 1983, antes de la dictadura militar, los partidos políticos era una herramienta electoral, era simplemente la estructura jurídica, pero no se asociaba a ella las bases de acción política o la doctrina. – La historia de los que paso antes y después de 1983 es conocida pero lo cierto que en 1994 la constitución nacional incorporo a los partidos políticos como sujetos fundamentales de la democracia, los únicos capaces de nominar candidatos, reconociéndoles así su status constitucional. – El 2001 significo el primer gran quiebre con la sociedad desde 1983, luego de 17 años de una joven democracia se instaló un QUE SE VALLAN TODOS que pulverizo los partidos políticos, con una elección en 2003 con el PJ en tres boletas y la UCR haciendo la, pero elección de su historia. Entre ríos no fue ajeno a eso, la crisis del 2001 acá golpeo como nunca antes a los docentes, empleados públicos, trabajadores con CLUBES DE TRUEQUE, MISERIA, SUELDOS BAJOS e IMPAGOS, lo que significó un duro golpe para los partidos. En 2005 en Entre Ríos se sanciono la Ley 9659, o “Ley Castrillón” que establecía, al igual que la norma electoral de Santa Fe el sistema de PRIMARIAS ABIERTAS Y SIMULTANEAS, con la obligación de quien quiera presentarse para GOBERNADOR o INTENDETE de hacer junto a una nómina completa de DIPUTADOS o CONCEJALES. Esa norma ha tenido sucesivas reformas, desde las originarias PRIMARIAS que no eran obligatorias al actual sistema se modificó en 10.357, 10615 y 11040, en todo el sufragio es obligatorio y las últimas dos fijaron la fecha de elecciones. – Este sistema que impero en los últimos 20 años en la provincia está agotado, la crisis de representatividad que atravesamos es en parte fruto de esta norma, que termino con la vida partidaria, que de a poco fueron apagándose y solo funcionan para las elecciones, no hay vida interna, agrupaciones que represente las minorías, afiliación permanente y todo descansan en esperar que “parche” le vamos poniendo para no pensar un sistema electoral que devuelva a los partidos la autonomía, que les devuelva la vida, la militancia, el debate, la mística que se perdió por un montón de situaciones pero que hoy la realidad nos demanda reacción, devolver a los partidos el protagonismo, autonomía y rol que la propia constitución que sancionamos en 2008 le dio reconociendo su carácter, y me permito transcribir el articulo porque para legislar sobre materia electoral el articulo 29 debe ser nuestro norte, nos limita y nos impone la necesidad de devolverle lo que el sistema electoral le ha quitado: Todos los ciudadanos tienen el derecho de asociarse libremente en partidos políticos. Se reconoce y garantiza la existencia de aquellos en cuya organización y funcionamiento se observen: la democracia interna, la adecuada y proporcional representación de las minorías y demás principios constitucionales. Son instituciones fundamentales del sistema democrático, concurren a la formación y expresión de la voluntad política del pueblo, son instrumentos de participación ciudadana, formulación de la política e integración del gobierno. Sólo a ellos compete postular candidatos para cargos públicos electivos. La Provincia contribuye a sostenerlos mediante un fondo partidario permanente. Los partidos políticos destinarán parte de los aportes públicos que reciban a actividades de capacitación e investigación, debiendo rendir cuentas periódicamente del origen y destino de sus fondos y de su patrimonio. Tendrán libre e igualitaria difusión de sus propuestas electorales a través de los medios de comunicación social. Una ley establecerá los límites de gastos y duración de las campañas publicitarias electorales. El gobierno, durante el desarrollo de éstas, no podrá realizar propaganda institucional que tienda a inducir el voto. Que la norma es clara y después de muchos años y ante una situación que si bien tiene sus matices y diferencias con lo que paso en 2001, debemos ser capaces de pensar un sistema que de alguna manera capte lo mejor posible el sentir de la gente, que “doña rosa” elija los candidatos y no que estos sean legisladores del gobernador o intendente. – El famoso “dedo” se institucionalizo con esta norma, que además significa un gasto enorme para el estado, en 2023 el PJ imprimió varios millones de boletas para las PASO donde no tenía rivales, haciendo un enorme gasto innecesario que solo tiene justificación en una norma que prioriza la tracción de arriba para abajo, alejando las decisiones políticas de las bases. – Que los ejecutivos no deben tenerle miedo a legisladores que cuestionan, que piden informe, que se interesan, que no forman parte de ninguna comisión de aplausos, mi partido lo ha sufrido, perdimos la representación de la mayoría por el deterioro de la calidad institucional de los partidos, y el actual oficialismo no está exento de ellos, la democracia se nutre de los pensamientos minoritarios también y la mejor forma es cumplir con los fondos constitucionales partidarios, ahorrar miles de millones en PASO y si se quiere colaborar con una elección PRIMARIA o INTERNAS donde cada partido tras el funcionamiento de sus órganos internos debata la mejor forma de presentar candidatos, respetando principios que quedan incólumes como la representación de las minorías, equidad de género, etc.- Esta norma nos impone mucho más trabajo, derogar el sistema actual representa volver al sistema anterior, y la presentación de un código electoral por parte del oficialismo en la cámara de diputados es el momento propicio para debatir como mejoramos nuestro sistema representativo de gobierno, como acercamos a la gente a la dirigencia, o en realidad a los partidos políticos, que muchas veces permanecen cerrados, porque en este sistema son ACTORES DE REPARTO, CASCARAS VACIAS que han perdido su rol de contención, de usina de ideas y pensamientos proliferando FUNDACIONES y ese tipo de “THINK TANK” que importamos de otros países pero que nos quitaron el día a día de un partido donde el debate, muchas veces exacerbado, terminaba en una marcha que nos representa, y sanamente se daba la competencia de la democracia.- Que a la vez no se puede obligar a partidos vecinales o provinciales a asumir unas PASO, cuando a duras penas pueden armar una lista (por la exigencia de 85 candidatos para ser gobernador), e ir a una elección solo para que los partidos mayoritarios resuelvan lo que no han podido resolver porque los partidos, comités y unidades básicas están cerrados. – Creo firmemente que este proyecto es el puntapié para que la LEGISLATURA ENTRERRIANA recoja una demanda de muchos años de la sociedad, que seguramente va a impactar en la relación de la política con la gente, derogando este sistema costoso, que atenta contra la independencia del poder legislativo, que atenta contra la efectiva participación de las minorías, y donde tenemos todo el 2025 y 2026 para, sin excusas, mejorar el sistema anterior a la CASTRILLON o discutir el que incluye el nuevo proyecto electoral en debate.- LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS SANCIONA CON FUERZA DE L E Y: ARTÍCULO 1º.- Deróguese la Ley 9659 y sus modificatorias. – ARTÍCULO 2º.- Intímese a los PARTIDOS POLITICOS con RECONOCIMIENTO VIGENTE que en un plazo de 180 días adecuen sus cartas orgánicas para garantizar los principios de EQUIDAD DE GENERO, REPRESENTACION DE LAS MINORIAS, así como todos los implícitamente contenidos en el artículo 29 de la CONSTITUCION PROVINCIAL. – ARTÍCULO 3º.- De forma. – PATRICIA DIAZ SENADORA DEPTO. LA PAZ

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