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  • La decisión de la Justicia sobre el pedido de Alberto Fernández por la denuncia de Fabiola Yañez

    » Minuto Uno

    Fecha: 03/09/2024 00:10

    El juez federal Julián Ercolini, a cargo de la causa en primera instancia, también se había opuesto a la solicitud de cambio de jurisdicción. Farah respaldó esta postura, señalando que un traslado sería "prematuro" al menos hasta que concluyan las medidas de prueba en curso para determinar además si el caso es jurisdicción del fuero federal o del ordinario. alberto fernandez Alberto Fernández en su departamento de Puerto Madero en agosto de 2024 Farah sostuvo en su resolución que “El Juez de primera instancia decidió bien al rechazar por prematura esa definición, difiriendo el análisis al resultado de las medidas investigativas en curso” y que primero deben esclarecerse "precisiones sobre las circunstancias de modo, tiempo y lugar de cada uno de los hechos (instigación a un aborto, lesiones reiteradas y amenazas coactivas en perjuicio de Fabiola Yañez y alguna acción u omisión de funcionarios públicos) que es necesario averiguar”. En su resolución, Farah subrayó que es necesario determinar "la dependencia o independencia (tanto fáctica como jurídica) de unos hechos con otros y, a partir de allí, si corresponde proseguir con una investigación unificada o no, y según el caso, en qué jurisdicción territorial”. Eduardo Farah también planteó una cuestión que hasta el momento no había sido abordada por las partes: “Las razones que sustentarían en el caso la competencia federal por razón de la materia, pues ésta es restrictiva y de excepción, para los supuestos que expresamente prevén los artículos 116 de la Constitución Nacional y 33 del Código Procesal Penal de la Nación”. Farah indicó que, una vez completadas las medidas de prueba, será necesario que el juez analice si el caso realmente debe ser tramitado bajo la jurisdicción federal o en un fuero ordinario. La defensa de Alberto Fernández había argumentado que, dado que los hechos de violencia de género habrían ocurrido en la Quinta de Olivos, por lo que la causa debería trasladarse a la jurisdicción de San Isidro. Sin embargo, el fiscal federal Ramiro González se alineó con la postura de la Cámara Federal y del juez Ercolini, indicando que el traslado de la causa sería prematuro. González subrayó que las características de los hechos en cuestión sugieren claramente que la declaración de incompetencia territorial no está justificada en este momento y que, por lo tanto, el caso debe seguir en la órbita de Comodoro Py.

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