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  • Bahillo, Lauritto y unos 30 intendentes entrerrianos que se dicen peronistas no aportan al Partido Justicialista

    Concordia » Diario Del Sur Digital

    Fecha: 27/08/2024 22:23

    COMPARTIR Según pudo saber Diario del SUR Digital, del total de 36 intendentes que asumieron en nombre del peronismo en la provincia de Entre Ríos el 10 de diciembre del año pasado, solo 6 aportan el 10% de sus haberes al Consejo Provincial del Partido Justicialista. Lo más llamativo de todo es que entre los deudores se encuentran el diputado provincial Juan José Bahillo de Gualeguaychú y el intendente de Concepción del Uruguay, Eduardo Lauritto. Tanto Bahillo como Lauritto vienen en forma consecutiva ocupando cargos gracias al Partido Justicialista. Si tomamos el tiempo de lo que corresponde al actual mandato desde el mes de diciembre del año pasado ya llevan debiendo a las arcas del Partido Justicialista más de 8 meses. Una fuente allegada al Consejo Provincial del Partido Justicialista de Entre Ríos confió a Diario del SUR Digital, que hay otros diputados/as provinciales que no lo hacen, porque aducen que es mucho el dinero que tienen que aportar. Es más, en algunos casos hay intendentes que van por el segundo mandato y nunca aportaron, como así también sus secretarios y concejales, por lo que hay una deuda millonaria al Consejo Provincial y por ende a los Consejos Departamentales que como el caso de Concordia no les alcanza ni para pagar la energía eléctrica. La Carta Orgánica en su capítulo 7, artículo N° 23° dice: El patrimonio del Partido se formará con: a) Las contribuciones de los afiliados; b) Los subsidios del Estado; c) El diez (10) por ciento de las retribuciones que perciban por todo concepto los legisladores, concejales, presidentes municipales, gobernador, vicegobernador y convencionales constituyentes en ejercicio; legisladores nacionales, gobernador y vicegobernador con mandato cumplido cuando reciban retribución por esa condición. La misma contribución aportarán quienes se desempeñen en cualquier cargo sin estabilidad o con acuerdo legislativo originado en el Poder Ejecutivo (Administración Central, Organismos descentralizados, entes autárquicos, Sociedades del Estado, etc.) ya sean provincial o municipal y quienes se desempeñen en iguales cargos cuyas designaciones provengan del Poder Legislativo de la Provincia o de los Concejos Deliberantes. La aceptación del cargo o el ejercicio del mismo implica el consentimiento liso y llano de la retención pertinente. Los fondos (recaudados, provenientes de cargos municipales, serán destinados a los Consejos Departamentales en cuya jurisdicción se encuentre el Municipio; los restantes ingresos serán percibidos por el Consejo Provincial quien deberá reglamentar la forma de coparticipación de estos recaudos a los distintos Consejos Departamentales y Unidades Básicas. El Consejo Provincial o los Consejos Departamentales, según corresponda, serán los encargados de tramitar que dichos importes se descuenten de los haberes por los Organismos Oficiales encargados de las respectivas liquidaciones y su correspondiente depósito en las cuentas corrientes que se habiliten para tal fin. d) Los aportes, donaciones o ingresos de cualquier naturaleza que se efectuaren voluntariamente y que no estén prohibidos por las leyes (Modificado por Congreso de fecha 10/3/1991). El horno no está para bollos Según se indicó a esta Página, el próximo 7 de setiembre, se realizará un congreso del Partido Justicialista en Paraná. Muchos de los congresales de los distintos departamentos que participarán del encuentro, anticiparon que plantearán el desfinanciamiento de los consejos departamentales y solicitarán a los deudores morosos que se pongan al día con sus deudas, de lo contrario elevarán a la Junta de Disciplina para que se los suspenda o no puedan postularse por el Partido Justicialista en las próximas elecciones. COMPARTIR

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