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  • El Gobierno reglamentó el "silencio administrativo positivo": regirá a partir del 1º de noviembre

    » Diario Chaco

    Fecha: 27/08/2024 02:01

    En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación del efecto positivo del silencio de la Administración. A través de este nuevo mecanismo, en ciertos casos se podrá interpretar como aprobada una petición al Estado si no es respondida en determinado lapso de tiempo. Bajo la ley anterior, que rigió más de 50 años en el país, la falta de respuesta significaba una negativa en todos los casos. La medida va a regir desde el 1 de noviembre para la Administración Pública Central y desde el 1 de diciembre en los Organismos Descentralizados de la Administración Pública Nacional. La Jefatura de Gabinete va a determinar dentro de los próximos 15 días a cuáles trámites se les podrá aplicar el silencio con sentido positivo. Esta novedad se aplica por el cambio provocado por la Ley Bases en los procedimientos administrativos nacionales. La nueva redacción mantiene el silencio negativo como regla general, pero establece supuestos de silencio positivo, es decir, situaciones en las que la ausencia de una respuesta estatal equivaldrá a una autorización de lo solicitado. Los detalles se encuentran en el artículo 10 inciso b) de la ley 19.549, que dispone: "Cuando una norma exija una autorización administrativa para que los particulares puedan llevar a cabo una determinada conducta o acto en el marco del ejercicio de una facultad reglada de la Administración, al vencimiento del plazo previsto para resolver sin haberse dictado resolución expresa, el silencio tendrá sentido positivo". Este inciso no será de aplicación en materia de salud pública, medio ambiente, prestación de servicios públicos o derechos sobre bienes de dominio público, excepto cuando la norma específica aplicable otorgue sentido positivo al silencio. La reglamentación podrá determinar otros supuestos específicos en los cuales no sea de aplicación este inciso. Las disposiciones previstas en el inciso b) de este artículo comenzarán a regir una vez aprobada la reglamentación correspondiente. Ahora, la decisión administrativa publicada en el Boletín Oficial viene a reglamentar cómo se implementará esta novedad procedimental. El oficialismo había expuesto en el debate en el Senado que con esta reforma pretendía incentivar la inversión y el desarrollo del sector privado, ante los cuestionamientos por parte de la oposición que sostenía que iba a transformarse en un beneficio para las empresas que litigaran contra el Estado. COMENTÁ EN FACEBOOK: HACÉ CLICK ACÁ

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