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  • La “casa del horror”: el aberrante caso de maltrato infantil que abre el debate sobre una reforma urgente del Código Penal

    » TN

    Fecha: 25/08/2024 09:53

    Mientras se discuten cambios en el régimen penal juvenil bajo la bandera de un reclamo por la baja en la edad de imputabilidad, el maltrato infantil permanece ausente del Código Penal argentino. No solo no existen condenas directas por ese motivo, sino que el daño físico y emocional a un nene o una nena tampoco es considerado como agravante de otros delitos. En la última semana, el veredicto del juicio a un padre y a su pareja por torturar a sus tres hijos en Río Gallegos volvió a poner de manifiesto esa deuda en la legislación penal. David F. y Roxana V. -sus nombres completos se reservan para evitar una revictimización de los menores- recibieron una condena de 7 y 12 años de prisión, respectivamente, tras haber sido hallados culpables de “lesiones graves agravadas por amenazas, alevosía y malos tratos”. Previamente, habían llegado a juicio por “lesiones graves calificadas por ensañamiento y alevosía, amenazas y reducción a la servidumbre”. Leé también: “La casa del horror”: condenaron a la pareja que torturaba a sus hijos y los obligaba a comer excremento Ambas calificaciones desnudan la ausencia de una perspectiva de niñez. El foco está puesto en las lesiones y no en la edad de las víctimas, su condición de niños o -en este caso- el vínculo parental con los imputados. Si una mujer sufre violencia machista en la Argentina, los jueces pueden sostener fallos de acuerdo con una mirada de género. Lo mismo ocurre en casos que revelan odio a la orientación sexual. Por el contrario, si la víctima de violencia es un nene o una nena, chocan contra las limitaciones del derecho penal, con la ausencia de una figura en la cual ampararse para -por ejemplo- agravar una condena. “En el Código Penal se incorporó la Ley de Identidad de Género y el odio a la orientación sexual. Nada, sin embargo, se hizo sobre la infancia”, menciona a TN Joaquín Cabral, juez de “La casa del horror”, como se conoció al expediente que tuvo como víctimas a dos varones y a una nena de entre 10 y 13 años en la capital de Santa Cruz. Según el titular de la Cámara Oral de la Primera Circunscripción Judicial de esa provincia, “se trata de un problema legislativo, no judicial”. “Nosotros somos jueces técnicos. El maltrato infantil no tiene tipicidad penal. Hace falta legislarlo como delito independiente o, por lo menos, incorporarlo como agravante en los delitos contra las personas, contra la vida o la integridad física”. La pareja que torturaba a sus hijos y los obligaba a comer excremento. (Foto: Facebook / David F. y Roxana V.) Leé también: La “casa del horror” en Santa Cruz: torturaban a sus tres hijos y los obligaban a comer excremento y vómito “Yo soy papá, pero también soy juez” El tribunal conducido por Cabral recibió críticas basadas en una disconformidad con la extensión de la pena a un padre y una madrastra que a través de golpes y torturas provocaron deformidades físicas en sus hijos, a quienes además obligaban a comer excremento o vómito, amén de los eventuales daños psicológicos y el lastre emocional que esos tres hermanitos cargarán de por vida. “Para abultar la pena tenemos que considerar los agravantes. Si existiera el de maltrato infantil, seguramente la condena habría sido mayor”, explica Cabral. Y amplía: “El fallo está realizado a conciencia y a derecho, aunque haya gente que no lo entienda o le disguste. Yo soy papá, pero también soy juez”. A raíz de esta causa, Cabral busca impulsar un proyecto “que incorpore como figura delictiva el maltrato infantil o que sea un agravante de otros delitos”, con el propósito de que sea tratado en el Congreso de la Nación. “El caso de los tres hermanos torturados es espantoso, pero puede ser el comienzo de algo bueno”, se esperanza. Leé también: Horror en La Plata: detuvieron a una pareja acusada de matar a golpes a su bebé de cuatro meses El órgano que ejerce el poder legislativo federal del país recibió numerosas propuestas para incorporar la figura de maltrato infantil en el Código Penal. Sin embargo, ninguna logró avanzar hasta ahora. El proyecto más reciente fue presentado hace dos semanas, por iniciativa de la diputada cordobesa Gabriela Brouwer de Koning, de la Unión Cívica Radical (UCR). “Tenemos legislación especializada en género, pero no en niños, niñas y adolescentes. El proyecto de creación de la figura penal de maltrato infantil se propone contemplar desde esa lógica cualquier acción u omisión que afecte psicológica o físicamente a un niño. Acá pueden entrar los castigos físicos, las humillaciones, las amenazas. Una serie de acciones que no están tipificadas en el Código Penal”, planteó Brouwer de Koning. Y profundizó: “En el caso de los homicidios y abusos sexuales, deben agravarse las penas cuando se trata de un hijo. El niño es vulnerable y está bajo su responsabilidad. Por eso, la pena debe ser mayor”. Leé también: Internaron a un nene de 2 años: su mamá dijo que se había caído de la cama, pero la detuvieron por maltrato El proyecto alienta la modificación del artículo 80 del Código Penal y la inclusión del “hijo afín” tanto como agravante en homicidios como en el artículo 119, referido a casos de abuso sexual. La figura del “hijo afín”, que alude a aquel niño o adolescente que vive con la pareja o del progenitor a cargo, está reconocida por el Código Civil y Comercial, pero no tiene hoy un correlato en el ámbito penal. El caso de Lucio Dupuy, el nene de 5 años asesinado a golpes por su madre y la pareja de ésta en La Pampa, provocó cambios en la normativa de la Constitución Nacional que refiere a la “Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”. Sancionada en abril de 2023, la Ley Lucio establece una serie de mecanismos de prevención de la violencia y el abuso sexual en la infancia. Sin embargo, el crimen -y la conmoción que generó en la sociedad- no se materializó en una revisión del Código Penal. Si bien las imputadas recibieron la pena máxima -prisión perpetua-, la referencia al maltrato infantil se mantuvo ausente en la calificación final, cuya única alusión a la edad de la víctima fue que se trataba de “un menor de 18 años”. Incluso, en la previa al juicio, el abogado querellante José María Aguerrido reclamó un agravante por “odio de género” -desestimado luego por el tribunal interviniente-, pero no pudo incorporar el maltrato infantil justamente por la ausencia de esa figura. Lucio Dupuy fue asesinado por su madre y la pareja de ésta. También fue víctima de abuso sexual. (Foto: gentileza familia Dupuy) Leé también: Crimen de Lucio: confirman las penas a prisión perpetua y agravan la condena contra la madre por abuso sexual El maltrato infantil en números Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el maltrato infantil abarca abuso físico, emocional, sexual, desatención y explotación. Afecta la salud, desarrollo y dignidad de menores de 18 años, provocando graves consecuencias a corto, mediano y largo plazo, como lesiones, discapacidades y trastornos mentales. El máximo organismo sanitario a nivel mundial sostiene que casi 3 de cada 4 niños de entre 2 y 4 años sufren castigos corporales o violencia psicológica por parte de sus cuidadores. En la Argentina, un estudio de Unicef revela que en el 59% de los hogares con menores la violencia es naturalizada como método de crianza. Según un informe de la Oficina de Violencia Doméstica, bajo la órbita de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, 5391 nenes, nenas y adolescentes fueron se vieron afectados por episodios de violencia doméstica en 2023. Del total de las presentaciones, el 38% involucró a menores de 18 años. Las estadísticas sobre maltrato infantil despiertan preocupación. (Fuente: OVD / Corte Suprema de Justicia) Cómo hacer una denuncia por maltrato infantil La forma más directa es a través de la línea 102, que ofrece un servicio gratuito y confidencial, de atención especializada en los derechos de niños y adolescentes. Está disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, desde todo el país. También se pueden realizar denuncias de abuso sexual. “Podés llamar si necesitás ayuda por algo que te pasa en tu casa, en la escuela, o en otro lugar donde te cuidan o hacés alguna actividad. Es gratis y no necesitás decir tu nombre. Si te da miedo o vergüenza, podés pedirle a una persona adulta en quien confíes que llame por vos”, detallan desde el área de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Capital Humano. Leé también: Horror en Berisso: una mujer apuñaló a su hijo y porque “tardaba mucho en lavar los platos” La Línea 102 no es un servicio de emergencia. Ante una situación que demande urgencia, la línea indicada es la 911 o el número de emergencias de la jurisdicción correspondiente. Otra alternativa es la línea 137, opción 1. También es gratuita y confidencial y brinda ayuda a víctimas de violencia familiar y sexual. También se puede enviar un mensaje de WhatsApp al 11-3133-1000.

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